Eugenio Lara escribió:
Estoy cobrando subsisidio de desempleo. Actualmente cumplo con la condicion de rentas menores de 481€ al mes. Voy a recibir acciones de un banco por valor de 60000€.
Mi consulta es: ¿Tengo que aplicarle el tipo de interés legal del dinero (4%) a estos 60000€ para hacer un nuevo calculo de rentas y comprobar que sumado a las rentas que tenia antes no sobrepaso la cantidad de 481€?
En caso de recibir en algún momento dividendos de las acciones¿Tambien se consideran rentas los dividendos recibidos?
Gracias de antemano.
Eugenio Jesús.
Sí, a partir de ahora hay que imputarse rentas por todo el capital que se tenga.
En cuanto a los dividendos, los primeros 1.500 euros están exentos, y no debería de computar, pero no te lo garantizo.
Salu2.