1. ¿Jubilación anticipada? NO puedes, al no tener 33 años cotizados con la nueva ley.
2. Sin embargo, al llevar 5 años sin cotizar, es decir que perdiste el empleo antes de agosto de 2011, por lo que te acoges a la anterior ley, es decir con 30 años cotizados te puedes prejubilar.
Habiendo este pequeño lío, te recomiendo que acudas a la Seguridad Social y que te hagan una simulación para ver qué es lo que te conviene.
Salu2.
Angel:
Buenas Tardes:
Tengo 62 años y cotizados 31 años y 10 meses. Estuve 5 años sin cotizar. He cotizado en el grupo 1 y 2.
1.- ¿Cuando puedo solicitar la jubilación y qué cuantía me corresponde?
2.- ¿Cuando me interesa (económicamente) con la nueva ley solicitar la jubilación?
Gracias