Comentario enviado por Manuel Carrasco:
Por favor a ver si me sacan de dudas.
Sigo sin tener claro un tema que me tiene bastante preocupado.
Los que ya cobramos el subsidio para mayores de 52 años, a la hora de hacer la declaración anual de rentas para mantener el derecho ¿qué rentas van a tener en cuenta, la personal o la familiar? ¿va a haber un cálculo (renta personal) para medir las rentas de los que hemos generado el derecho al subsidio antes de este decreto y otro diferente (renta familiar) para los que generen el derecho a partir del nuevo decreto?
No lo veo nada claro.
Gracias.