RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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Al ser un ingreso puntual se te prorratea a 12 meses, y puede hacer que incumplas las condiciones todo el año y perder todo ese año el subsidio.
Los dividendos cuentan como rentas, y las acciones se le imputan rentas del 4%.
Salu2.
javier:
SI RESCATAS UN PLAN DE PENSION EN DICIEMBRE¿PIERDES EL SUBSIDIO DE TODO EL AÑO, ES DECIR, DEVUELVES LO COBRADO O SOLO EL MES DE RESCATE, SEGUN DEDUZCO DE LA lEY?.
SI PERCIBO DIVIDENDOS QUE SE CUENTAN COMO RENTAS A QUE SE DEBE QUE TAMBIEN CUENTEN COMO RENTAS EL 4% DEL VALOR DE LAS ACCIONES A 31.12. SI YA COMPUTO COMO RENTAS ESOS DIVIDENDOS¿NO ES GRAVAR ALGO DOS VECES, COSA QUE NO SUCEDE EN LOS DEPOSITOS?.¿DONDE SE RECOGE EN LA lEY ESA BARBARIDAD?
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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NO haga la misma pregunta 2 veces, por favor:
- www.preguntasfrecuentes.net/2013/09/24/c...l-convenio-especial/
Salu2.
liduvina:
Voy a recibir una herencia de 9000 euros,que prorroteados en 12 meses me dan un total de 750 euros. Estoy cobrando el subsidio mayores de 55 concedido antes de la nueva ley, cuando las herencias no contaban como rentas propias, ahora mi pregunta es la siguiente: Si yo hago un convenio con la SS.SS. y aporto unas cuotas, por ejemplo si aporto los 426 euros, mi renta ya no llegaría a los 483 euros. podría hacerlo así, mas que nada por seguir cotizando a la SS.SS. Gracias.
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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Sí, así como entendemos nosotros también, pero parece que no es así.
Salu2.
Ramón:
He visto un comentario sobre cobro de una herencia, y me ha extrañado que una herencia tenga la consideracion de RENTA. Entiendo que los rendimientos reales o estimados del importe heredado si se consideren renta a partir del mes siguiente a recibirlo, pero entiendo que el importe heredado No es renta. Me lo pedéis aclarar ?? Gracias
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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Leete:
- www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/07/r...sidios-de-desempleo/
Salu2.
Ramón:
No tengo clara la imputación de rentas de un PLAN DE PENSIONES, si es que las genera. Por una parte veo comentarios de que Fondos y Planes de Jubilación se computa el 4% que es el interés legal del dinero, y por otra que los Planes de Pensiones no se tienen en cuenta. Tengo claro lo que es un producto u otro! Pero lo que querría es confirmación de que el importe en PLAN DE PENSIONES no genera imputación de renta.gracias
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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tucapital.es escribió:
La ayuda que está recibiendo no es el subsidio de desempleo, sino la ayuda especial del régimen agrario:
- www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/reass/
Salu2.
cristina:
Buenas mi duda el subsidio que es a partir de los 52 o 55. Mi madre cobro el año pasado la ayuda durante 6 meses, unos de los requisitos dice reunir 35 peonadas y cobro la ayuda, pero ahora quiere echar la de los 52 años le exige de nuevo reunir las 35 peonadas o ya no es necesario porque las reunió anteriormente para poder cobrar la ayuda durante 6 meses. Gracias
Aqui tienes una web que lo explica bastante bien.
www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00d08.html
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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Trolass escribió:
tucapital.es escribió:
La ayuda que está recibiendo no es el subsidio de desempleo, sino la ayuda especial del régimen agrario:
- www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/reass/
Salu2.
cristina:
Buenas mi duda el subsidio que es a partir de los 52 o 55. Mi madre cobro el año pasado la ayuda durante 6 meses, unos de los requisitos dice reunir 35 peonadas y cobro la ayuda, pero ahora quiere echar la de los 52 años le exige de nuevo reunir las 35 peonadas o ya no es necesario porque las reunió anteriormente para poder cobrar la ayuda durante 6 meses. Gracias
Aqui tienes una web que lo explica bastante bien.
www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00d08.html
www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/C...tudSubsidioREASS.pdf
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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tucapital.es escribió:
Sí, así como entendemos nosotros también, pero parece que no es así.
Salu2.
Ramón:
He visto un comentario sobre cobro de una herencia, y me ha extrañado que una herencia tenga la consideracion de RENTA. Entiendo que los rendimientos reales o estimados del importe heredado si se consideren renta a partir del mes siguiente a recibirlo, pero entiendo que el importe heredado No es renta. Me lo pedéis aclarar ?? Gracias
Es un ingreso puntual.
Por tanto divide entre doce meses, si te pasas .......( de todas maneras comunicaló al SEPE)
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 11 Años, 6 Meses
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tucapital.es escribió:
NO haga la misma pregunta 2 veces, por favor:
- www.preguntasfrecuentes.net/2013/09/24/c...l-convenio-especial/
Salu2.
liduvina:
Voy a recibir una herencia de 9000 euros,que prorroteados en 12 meses me dan un total de 750 euros. Estoy cobrando el subsidio mayores de 55 concedido antes de la nueva ley, cuando las herencias no contaban como rentas propias, ahora mi pregunta es la siguiente: Si yo hago un convenio con la SS.SS. y aporto unas cuotas, por ejemplo si aporto los 426 euros, mi renta ya no llegaría a los 483 euros. podría hacerlo así, mas que nada por seguir cotizando a la SS.SS. Gracias.
Ojo con el convenio especial. ( pregunta en el SEPE, porque lo mismo no puedes contratar ese convenio. Hay sentencia del tribunal supremo. ( yo personalmente te puedo decir que no puedes contratar dicho convenio y sustraer su cuota de ......
Otra cosa es que lo contrates pero de desquitar para que te cuadren las cuentas va a ser que no ( ya te digo que no)
De todas maneras informaté y ves con ojo, no vaya ser que DESPUES lo tengas que devolver todo lo cobrado, me refiero a que DESPUES se den cuenta de que no podías y tengas que devolver todo lo cobrado
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