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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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TEMA: Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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#120667
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por carlos:

hola: respecto a mi pregunta del dia 6 sobre si los meses de ser madre valian para llegar a los 15 años para pedir el subsidio, llame al sepe y no me aclararon nada, que ellos piden un imforme al INSS y luego deciden. total ni que si ni que no
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#120751
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por juan:

Estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años y mi pregunta es si de los ingresos mensuales se descuenta lo que pago por el convenio especial con la seguridad social. Gracias.
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#120762
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 6 Meses Karma: 60
Para INSS sí que sirve... así que si lo deciden ellos, entonces sí.

Salu2

carlos:
hola: respecto a mi pregunta del dia 6 sobre si los meses de ser madre valian para llegar a los 15 años para pedir el subsidio, llame al sepe y no me aclararon nada, que ellos piden un imforme al INSS y luego deciden. total ni que si ni que no
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#120764
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 6 Meses Karma: 60
Ha habido una sentencia del supremo en referencia a este tema:

- www.preguntasfrecuentes.net/2013/09/24/c...l-convenio-especial/

Salu2

juan:
Estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años y mi pregunta es si de los ingresos mensuales se descuenta lo que pago por el convenio especial con la seguridad social. Gracias.
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#120964
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Elvira:

Voy a solicitar el Subsidio para mayores de 55 años, me gustaría saber si el cáculo sobre el patrimonio se hace aplicando es decir sumando al valor del inmueble el interés legal del dinero y se divide por 12 ó por lo contrario lo que se tiene en cuenta es el resultado del porcentaje hayado al valor del inmueble dividido por 12.
Por otro lado, no se como declarar la renta de dos plazos fijos que me cumplen uno en mayo y otro en junio.Los interese de uno de ellos me los abonan cada tres meses y del otro que es una imposición de dos años me lo abonan integro al finalizar en junio. Gracias
Perdón se me olvidaba, ¿como puedo saber el interes legal actual? Muchisimas gracias
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#120973
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 6 Meses Karma: 60
Se tiene en cuenta el valor catastral.

Se le aplicar el tipo de interés legal: 4% y se prorratea a 12 meses.

Los ingresos puntuales se prorratean a también a 12 meses.

El tipo de interés legal lo puedes consultar en:

- www.tucapital.es/tipos-interes/tipos-interes-legal.html

Salu2.

Elvira:
Voy a solicitar el Subsidio para mayores de 55 años, me gustaría saber si el cáculo sobre el patrimonio se hace aplicando es decir sumando al valor del inmueble el interés legal del dinero y se divide por 12 ó por lo contrario lo que se tiene en cuenta es el resultado del porcentaje hayado al valor del inmueble dividido por 12.
Por otro lado, no se como declarar la renta de dos plazos fijos que me cumplen uno en mayo y otro en junio.Los interese de uno de ellos me los abonan cada tres meses y del otro que es una imposición de dos años me lo abonan integro al finalizar en junio. Gracias
Perdón se me olvidaba, ¿como puedo saber el interes legal actual? Muchisimas gracias
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#121001
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 5 Meses Karma: 9
Si hablamos de inmuebles como bien improductivo (no alquilados a terceros) distintos siempre de la vivienda habitual, lo que se hace es lo siguiente:

Se coge la casilla 80 de la declaración de irpf, que sería la suma de todas las casillas 69. Esta casilla, exceptuando casos muy raros de municipios que no hayan actualizado el catastro desde 1990 o por ahí, representa el 1,1% del valor catastral del inmueble. Lo que hace el Sepe es elevar ese valor de la casilla 80 al 100% del valor catastral.

Imaginemos que en la casilla 80 hay 200 euros. 200 dividido por 0'011= 18.181,82€, que sería el valor catastral. A este valor, se le haya su rendimiento presunto, que consiste en aplicarle el interés legal del dinero vigente. En este caso, el 4%. 18.181.82 * 0,04 = 727,27€. Por último, esta cantidad se prorratea entre 12 meses, dando como resultado 60,60€ al mes.

En cuanto a los plazos fijos, en general decirte que cuando uno obtiene una gancia que está sujeta a una periodicidad, ha de dividirse esa ganancia entre el periodo. En el primer caso, dividimos los intereses entre 3.

Cuando una ganancia se obtiene en un pago único o con una periodicidad igual o superior al año, se divide la ganancia entre 12 meses.

Elvira escribió:
Comentario enviado por Elvira:

Voy a solicitar el Subsidio para mayores de 55 años, me gustaría saber si el cáculo sobre el patrimonio se hace aplicando es decir sumando al valor del inmueble el interés legal del dinero y se divide por 12 ó por lo contrario lo que se tiene en cuenta es el resultado del porcentaje hayado al valor del inmueble dividido por 12.
Por otro lado, no se como declarar la renta de dos plazos fijos que me cumplen uno en mayo y otro en junio.Los interese de uno de ellos me los abonan cada tres meses y del otro que es una imposición de dos años me lo abonan integro al finalizar en junio. Gracias
Perdón se me olvidaba, ¿como puedo saber el interes legal actual? Muchisimas gracias
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#121047
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 10 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por javier:

En la Oficina del SEPE de león, una de ellas, el director de la Oficina me dice que el mes que cobre la prestacion del plan de pensiones lo comunique y ese mes no se cobra prestación de subsidio y que al mes siguiente se reanuda.Por otra, parte comenta que en ese caso vaya directamente a él, pues hay personal auxiliar que informa mal o no sabe la normativa .

javier:
Si rescato un plan de pensiones de 10.000.- en mayo de 2014 y lo comunico al SEPE ¿pierdo el subsidio un mes, es decir, junio y me lo vuelven a dar en julio o, por el contrario, pierdo el subsidio y tengo que devolver la cantidades percibidas hasta mayo 2014?.Mi pregunta es debido a que unas veces se contesta que un mes y otras veces que se pierde y hay que devolver las cantidades recibidas.¿En que articulo de la LGSS se recoge?
anonimo
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