tucapital.es escribió:
Pues según otro usuario que dice que trabaja para SEPE nos dijo y nos lo aseguro varias veces que sólo era necesario 3 meses.
De hecho yo inicialmente pensaba que se necesitaba 6 meses para las personas sin cargas y 3 meses los que tiene cargas, pero me convenció esta persona de que con 3 meses era suficiente para todos.
Salu2.
mamen:
Hola!
Les pregunté, hace un par de meses, lo siguiente: para generar el derecho al subsidio de desempleo para mayores de 55 años "sin responsabilidades familiares", desde una situación de desempleado sin percibir nada hace más de un año, reuniendo los demás requisitos, ¿debo trabajar 3 ó 6 meses? Ustedes me contestaron que 3 meses, el INEM me dice que 6 meses. Aclárenme el articulo 215.1.3 de RDL 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la SS.SS. Muchas gracias
Agradecer a TUCAPITAL la confianza que sé que tiene en mí. Decir, también, varias cosas importantes:
1) Absoluta certeza respecto a los 3 meses de trabajo para subsidios de mayores de 55. Efectivamente trabajo en el SEPE y esta no es mi interpretación particular. La ley y las instrucciones del ministerio dejan claro este extremo.
2) Independientemente de esto, yo mismo deniego muchos subsidios en estas circunstancias. Nunca por incumplir el requisito de 6 meses cotizados, sino por fraude de ley. No somos tan tontos. Si una persona no trabaja por cuenta ajena en muchos años, y de repente trae 3 meses cotizados clavados, se deniega por poner en entredicho la "legalidad" de ese contrato, nunca porque cotizar 3 meses sea insuficiente para acceder al subsidio. Por supuesto, siempre está la posibilidad de reclamar y demostrar que ha sido todo legal.
3) Aunque sea farragoso, reproduzco el razonamiento jurídico que avala que trabajar 3 meses, aun sin tener responsabilidades familiares, da acceso al subsidio para mayores de 55 años. Ojalá fuera todo tan claro y meridiano. No tengo más que reproducir el texto legal madre del cordero (ley de la seguridad Social)
"Esto dice el artículo 215.1.3 de la Ley de la Seguridad Social con respecto al subsidio para mayores de 55.
"Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años,
aun cuando no tengan responsabilidades familiares,
siempre que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social."
A veces el ministerio hace interpretaciones de la ley un tanto peculiares. Pero en este caso es imposible, porque
la propia ley hace una matización muy clara ("aun cuando no tengan responsabilidades familiares"). No habría más remedio que reformar este punto del artículo 215 para exigir a los trabajadores tener responsabilidades familiares con menos de 6 meses trabajados.
La pregunta es:
a qué se refiere cuando dice "que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores"? Los apartados anteriores no hacen más que relatar todos los subsidios que existen, y entre ellos, el de cotizaciones insuficientes para paro, que se regula así:
"2. Los parados que, reuniendo los requisitos a que se refiere el apartado 1.1 de este artículo, salvo el relativo al período de espera, se hallen en situación legal de desempleo y no tengan derecho a la prestación contributiva, por no haber cubierto el período mínimo de cotización, siempre que:
a) Hayan cotizado al menos tres meses y tengan responsabilidades familiares.
b) Hayan cotizado al menos seis meses, aunque carezcan de responsabilidades familiares"
Por tanto, este es uno de "los apartados anteriores", y si estás en la situación b) ,
pero también en la a) "aun cuando no tengan responsabilidades familiares", tienes derecho al subsidio para mayores de 55."
Por último, decirle a mamen, que el funcionario que le asegura que debe cotizar 6 meses para acceder al subsidio especial para mayores de 55 años, simplemente desconoce la norma. Tan fácil como eso.