Comentario enviado por dario:
Hola. Respecto a la respuesta dada el 18 febrero 2015 at 17:23
Sobre si ha la hora de liquidarse los intereses reales de un depósito a plazo por 13 meses : Es correcto NO declararlos como se se sugiere ante consulta de Jusus; dado que ya que se habrían declarado intereses presuntos superiores ?
Pero no es que hay que declarar al SEPE todo ingreso que se produzca máxime si este ingreso es por intereses reales demostrables (independientemente del tipo de interés que ha generado) y que pasa directamente del banco a la Agencia Tributaria y de ahí al Sepe como rendimiento capital mobiliario real ?
No le suspenderán a Jusus el subsidio directamente por ingresos no declarados, independientemente de que se hubieran declarado "otros" ingresos los cuales el sepe ingnora el origen de los mismos por tratarse de rendimientos presuntos ?
Pregunto desde mi ignorancia puesto que no estoy igual. Si pueden ayudar gracias. Saludos.