Comentario enviado por cuenca:
Jose:
Los requisitos para la concesión del subsidio +55 años son muy estrictos:
•Estar en desempleo.
•Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los siguientes subsidios: por agotamiento de la prestación contributiva, emigrante retornado, revisión por mejoría de un invalidez, , liberado de prisión o cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva, o cumplirla durante la percepción de éstos.
•Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes (“el mes de espera”) y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo.
•Suscribir el Compromiso de Actividad
•Carecer de rentas. Se tienen que cumplir estas dos condiciones:
1.Que el solicitante no tenga rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional,
2.Y que la renta media de su unidad familiar no supere tampoco esa cantidad.
•Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
•Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, es decir, haber cotizado al menos durante 15 años, de los cuales dos deberán haberlo sido dentro de los quince últimos años.
Además de todo lo anterior, el subsidio para mayores de 55 años únicamente se puede pedir cuando además de tener cumplida la edad de 55 años, el solicitante esté o bien percibiendo ya un subsidio (que se transformaría en el de mayores de 55 años), o bien ha generado el derecho a percibir otro subsidio, que al tener la edad requerida, se convierte en el de mayores de 55 años.
Por lo tanto, las situaciones desde las que se puede pasar al subsidio de mayores de 55 años (cumpliendo los anteriores requisitos de edad, cotización, carencia de rentas, etc) son:
•Estar percibiendo o con derecho a percibir subsidio.
•Haber agotado subsidio.
•Haber agotado una prestación por desempleo y no haber percibido subsidio correspondiente o lo hubiese extinguido, por carecer, inicialmente o con carácter sobrevenido, del requisito de rentas y/o, del de responsabilidades familiares.
•Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde tu última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
•Ser liberado/a de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
•Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
•Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses si tiene responsabilidades familiares, o seis meses si no las tiene. Esta última opción es la que habitualmente permite pasar al subsidio para mayores de 55 años: si se tiene cónyuge o hijos a su cargo, acumulando 3 meses de cotizaciones se puede acceder al subsidio. Si no se tienen responsabilidades familiares, se necesitan 6 meses de cotización.
NOTA: En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá el subsidio parcializado en proporción a las horas previamente trabajadas
Jose:
Hola, gracias por atenderme tengo algunas dudas:
-Tengo 56 años y he trabajado en dos años: 3 meses y días sueltos en la recolección de la aceituna en Jaén,pero resido en otra comunidad autónoma,puedo pedir el subsidio mayores de 55 años.
-Se considera un trabajo fijo discontinuo.
-Tengo un convenio especial por el que aporto 250€ al mes cómo cuenta esto, se consideraría ingreso y por tanto sumaría como renta.