RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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Lo más fácil es presentar la declaración (no te toca pagar) y lo tienes más fácil para presentar en Hacienda.
Salu2.
doroteo:
hola me conceden el subsidio desde el 1 de enero de 2016 hasta el 2021 dos consultas si tengo que presentar declaracion de rentas al año cuando seria esactamente se supone que en enero del 2017 y que tengo que entregar la ultima declaracion de la renta u otro documento por ejemplo tendria que ir a hacienda y que me hicieran un documento especial por ese periodo de enero del 2016 a enero del 2017 muchisimas gracias un saludo
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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Comentario enviado por doroteo:
hola soy doroteo gracias por vuestra respuesta me queda la duda de si no tengo que pagar hacienda pero si presento la declaracon de la renta de 2016 en enero de 2017 que cumplo el año del subsidio me vienen las ganancias de 2015 y en 2015 gane unos 1700 euros de 4 meses de rai y unos 9000 o 10000 de un contrato de 7 meses sin embargo en 2016 solo gano los 426 de 12 meses del subsidio como lo hago perdona por el lio
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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Comentario enviado por Fignon:
En Enero del 2017 el SEPE puede ver en sus bases de datos si presentaste la Renta del ejercicio 2015. En caso de no haberla presentado, el SEPE también lo verá. Si no la presentaste pero según la AEAT estabas obligado a presentarla, una vez más, el SEPE también lo sabrá. Vamos, el SEPE no te va a obligar a hacer la declaración de la Renta, a no ser que sea Hacienda el que dice que hay que hacerla.
Por otro lado, cuando el SEPE examina tu declaración de la RENTA (o los datos fiscales en caso de no haberla presentado), sea del ejercicio que sea, no es precisamente para buscar rendimientos del trabajo (incluidas pensiones o prestaciones), no tienes por qué preocuparte por eso.
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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Con ingresos inferiores a 12.000€ no hay que pagar nada a Hacienda.
Los ingresos que hayas tenido en un trabajo, no te afecta a la ayuda. Mientras se trabaja (a tiempo completjo) no se cobra la ayuda.
Salu2.
doroteo:
hola soy doroteo gracias por vuestra respuesta me queda la duda de si no tengo que pagar hacienda pero si presento la declaracon de la renta de 2016 en enero de 2017 que cumplo el año del subsidio me vienen las ganancias de 2015 y en 2015 gane unos 1700 euros de 4 meses de rai y unos 9000 o 10000 de un contrato de 7 meses sin embargo en 2016 solo gano los 426 de 12 meses del subsidio como lo hago perdona por el lio
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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En caso de no hacer la declaración, tienes que pedir el borrador, y allí figurará que no tienes obligación de hacer la declaración y además te viene el certificado con los ingresos que hayas tenido ese año (que es lo que tienes que presentar en SEPE).
Salu2.
Fignon:
En Enero del 2017 el SEPE puede ver en sus bases de datos si presentaste la Renta del ejercicio 2015. En caso de no haberla presentado, el SEPE también lo verá. Si no la presentaste pero según la AEAT estabas obligado a presentarla, una vez más, el SEPE también lo sabrá. Vamos, el SEPE no te va a obligar a hacer la declaración de la Renta, a no ser que sea Hacienda el que dice que hay que hacerla.
Por otro lado, cuando el SEPE examina tu declaración de la RENTA (o los datos fiscales en caso de no haberla presentado), sea del ejercicio que sea, no es precisamente para buscar rendimientos del trabajo (incluidas pensiones o prestaciones), no tienes por qué preocuparte por eso.
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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Comentario enviado por jose navarro:
buenas tardes viendo el caso de doroteo el mio es similar durante 2016 solo tengo el subsidio pero como el año de concesion cumple en marzo no tengo todavia la declaracion del 2016 y en la ultima que seria del 2015 mis ingresos serian de 1704 de 4 meses de rai y de 10803 del trabajo que tuve total 12507 pero como solo me descontaron el 2 por ciento de la nomina por ser contrato a lo mejor me toca pagar en esa declaracion mi consulta es si se daran cuenta en el sepe que ese trabajo ya no lo tengo y que solo gan0 los 426 euros en 2016 en caso de enseñar la declaracion o el borrador del 2015 gracias
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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Tranquilo, no tendrá en cuenta las rentas de trabajo. Lógicamente si te están dando un subsidio es porque perdiste ese empleo.
Salu2.
jose navarro:
buenas tardes viendo el caso de doroteo el mio es similar durante 2016 solo tengo el subsidio pero como el año de concesion cumple en marzo no tengo todavia la declaracion del 2016 y en la ultima que seria del 2015 mis ingresos serian de 1704 de 4 meses de rai y de 10803 del trabajo que tuve total 12507 pero como solo me descontaron el 2 por ciento de la nomina por ser contrato a lo mejor me toca pagar en esa declaracion mi consulta es si se daran cuenta en el sepe que ese trabajo ya no lo tengo y que solo gan0 los 426 euros en 2016 en caso de enseñar la declaracion o el borrador del 2015 gracias
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RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 8 Meses
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Comentario enviado por Fignon:
Esto lo digo porque el SEPE, desde hace ya un par de años, hace consultas en tiempo real a las bases de datos de la AEAT, que devuelve el resumen de su declaración, los datos fiscales en caso de no haberla presentado, o un mensaje advirtiendo de que es titular obligado y no la presentó. Es decir, con carácter general, no hay que llevar nunca la RENTA al SEPE a no ser que te la pidan expresamente.
Fignon:
En Enero del 2017 el SEPE puede ver en sus bases de datos si presentaste la Renta del ejercicio 2015. En caso de no haberla presentado, el SEPE también lo verá. Si no la presentaste pero según la AEAT estabas obligado a presentarla, una vez más, el SEPE también lo sabrá. Vamos, el SEPE no te va a obligar a hacer la declaración de la Renta, a no ser que sea Hacienda el que dice que hay que hacerla.
Por otro lado, cuando el SEPE examina tu declaración de la RENTA (o los datos fiscales en caso de no haberla presentado), sea del ejercicio que sea, no es precisamente para buscar rendimientos del trabajo (incluidas pensiones o prestaciones), no tienes por qué preocuparte por eso.
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