Comentario enviado por manuel:
buenos dias,veo que en la pagina de la seguridad social ademas de el requisito de no superar un limite de rentas para acceder al complemento a minimos por conyuge a cargo y otros requisitos,en el primer parrafo especifica el requisito de"Asímismo, se entenderá que existe dependencia económica del cónyuge, cuando concurran las circunstancias siguientes:
Que el cónyuge del pensionista no sea, a su vez, titular de una pensión a cargo de un régimen básico público de previsión social, entendiendo comprendidos en dicho concepto las pensiones reconocidas por otro Estado, así como los subsidios de garantía de ingresos mínimos y de ayuda por tercera persona, ambos previstos en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y las pensiones asistenciales reguladas en la Ley 45/1960, de 21 de julio. La cuestion es que mi mujer esta cobrando la PRESTACION POR HIJO O MENOR A CARGO DISCAPACITADO Prestación mensual cuya cuantía se ha fijado por el Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2021. MODALIDAD 2 (mayor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%). 399,20 €/mes. Mi pregunta es si de esta manera podria solicitar el complemento o seria incompatible,muchas gracias espero su respuesta,un saludo