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ALEGAR SANCIÓN POR INCUMPLIR SELLAR EN FECHA
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TEMA: ALEGAR SANCIÓN POR INCUMPLIR SELLAR EN FECHA
#149839
ALEGAR SANCIÓN POR INCUMPLIR SELLAR EN FECHA hace 8 Años, 9 Meses Karma: 0
Hola,
Incumplí la obligación de sellar en fecha por estar de cuidador de 2 personas mayores convalecientes que a su vez tenían que realizarse pruebas médicas, seguir un tratamiento y acudir a distintas consultas. Yo no daba para más..

Me di de alta 15 días después de la fecha en que tenía que haber sellado el paro, (por lo que ya me habían dado de baja) pero fue antes de recibir la notificación de suspensión de prestación por desempleo (era consciente del retraso pero las circunstancias personales me lo impedían).

Conseguir todos los justificantes de ese período para alegar en contra de la sanción va a ser bastante engorroso ¿es suficiente justificar la imposibilidad el día en que debía haber sellado?

En Internet he leído una noticia de que el Tribunal Constitucional, en una sentencia publicada en el BOE el 23 de mayo de 2013, ha anulado el procedimiento de sanciones a los parados, por invadir competencias de las comunidades autónomas. Pero no he encontrado desarrollado el tema. ¿Podría alegar esta causa y sentencia del TC? Podrían ayudarme a desarrollar esta alegación?

Muchísimas gracias y espero vuestra respuesta lo antes posible. Un saludo,
Pocho lo
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#150134
Re: ALEGAR SANCIÓN POR INCUMPLIR SELLAR EN FECHA hace 8 Años, 9 Meses Karma: 60
Debes de justificar que en 15 días no hayas podido ni librar un ratito para acudir a SEPE para sellar.

Ten en cuenta que sellar la demanda de empleo no hay ni que esperar cola además de que puedes sellar vía internet.

Lo veo muy difícil.

Salu2.
tucapital.es
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#150137
ALEGAR SANCIÓN SEPE POR INCUMPLIR SELLAR EN FECHA hace 8 Años, 9 Meses Karma: 0
Gracias, entendido, debería justificar todo el período.

Respecto a la pregunta que plantee a raíz de que el Tribunal Constitucional, en una sentencia publicada en el BOE el 23 de mayo de 2013, ha anulado el procedimiento de sanciones a los parados por invadir competencias de las comunidades autónomas. ¿Podría alegar esta causa en el escrito de alegaciones? Podrían orientarme sobre cómo enfocarlo?

Muchas gracias,
Pocho lo
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#150143
Re: ALEGAR SANCIÓN SEPE POR INCUMPLIR SELLAR EN FECHA hace 8 Años, 9 Meses Karma: 60
Me temo que poco tienes que hacer. Pero vamos, si quieres alegar por eso, ponte en mano de un experto.

Suerte!!
tucapital.es
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#150174
Re: ALEGAR SANCIÓN SEPE POR INCUMPLIR SELLAR EN FECHA hace 8 Años, 8 Meses Karma: 9
Pocho lo escribió:
Gracias, entendido, debería justificar todo el período.

Respecto a la pregunta que plantee a raíz de que el Tribunal Constitucional, en una sentencia publicada en el BOE el 23 de mayo de 2013, ha anulado el procedimiento de sanciones a los parados por invadir competencias de las comunidades autónomas. ¿Podría alegar esta causa en el escrito de alegaciones? Podrían orientarme sobre cómo enfocarlo?

Muchas gracias,



La Sentencia que mencionas (STC 104/2013) tuvo mucho impacto en su momento. Lamentablemente para ti, el gobierno reaccionó con el Real Decreto Ley 11/2013, que posteriormente fue tramitado en el parlamento como Ley (Ley 1/2014) y que, básicamente, en materia sancionadora, consistió en un ejercicio de chapa y pintura retocando algunas leyes para aclarar el ámbito de las competencias sancionadoras del SEPE. Fíjate lo ridículo de las leyes a veces, que dices que te sancionan por no sellar, y es falso, pues eso sólo podría ser correcto si no hubieses sellado antes de la citada sentencia. Ahora, hay que hablar de que te sancionan por incumplir la obligación de mantener la inscripción como demandante de empleo (nueva redacción del artículo 24 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social). Cuál es la diferencia? Sin comentarios...

Respecto a la orientación para alegar... Debes justificar esos 15 días de demora. No hay nada imposible, pero lo tuyo, al menos en vía administrativa (la justicia ya es otra cosa...) no parece que tenga ninguna solución.

Un saludo.
Fignon
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Última edición: 11/12/2015 21:44 por Fignon.
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