Baleares:
1. Las ayudas que regula esta Resolución son incompatibles con otras ayudas al alquiler para arrendatarios con recursos económicos escasos que conceda cualquier otra Administración o entidad pública. No se consideran afectados por esta incompatibilidad los supuestos excepcionales en que los servicios sociales de la Comunidad Autónoma aporten un complemento para el pago del alquiler a beneficiarios en situaciones de vulnerabilidad especial.
2. Así mismo, estas ayudas son incompatibles con las ayudas de alquiler concedidas al amparo del Decreto 68/2008, de 6 de junio, por el cual se regulan las ayudas para favorecer el acceso a la vivienda en el marco del Plan Estratégico de Vivienda 2008-2011 de las Illes Balears, y con la renta básica de emancipación concedida al amparo del Real decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el cual se regula la renta básica e emancipación de los jóvenes. En el caso de ser beneficiario de alguna de estas ayudas y resultar beneficiario de la ayuda d que prevé esta convocatoria, la resolución definitiva de concesión implica la pérdida del derecho a las ayudas mencionadas, y se tendrán que reintegrar las cuantías percibidas desde la fecha de la resolución de concesión.
Maria:
Muchas gracias por la información.Me gustaría saber si también en Baleares son compatibles estas ayudas. Muy agradecida por su atención.Saludos