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pension viudedad
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TEMA: pension viudedad
#162997
pension viudedad hace 8 Años, 1 Mes Karma: 0
hola! mis padres se casaron en 1977. en 1985 se separaron y en 1991 se divorciaron.mi padre es pensionista por una enfermedad mental la cual fue la causa de divorcio por malos tratos hacia mi madre.ninguno de los dos volvieron a rehacer sus vidas.hace ya unos 26 años que estan divorciados y mi madre no cobro pension compensatoria.mi padre ahora tiene cancer.podria mi madre cobrar la pension de viudedad cuando falte mi padre?
duna26
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#163096
Re: pension viudedad hace 8 Años, 1 Mes Karma: 60
Tendrán derecho a pensión de viudedad, aún no siendo acreedoras de la pensión compensatoria, las mujeres que pudieran acreditar que eran víctimas de la violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio mediante sentencia firme, o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento; en defecto de sentencia, a través de la orden de protección dictada a su favor o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género, así como cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho (aplicable a fallecimientos producidos a partir de 01-01-08).

Cuando la separación judicial o divorcio sea anterior a 01-01-2008, el reconocimiento del derecho a la pensión no quedará condicionado a que la persona divorciada o separada judicialmente sea acreedora de pensión compensatoria siempre que:

- Entre la fecha del divorcio o separación judicial y la fecha del fallecimiento del causante, no hayan transcurrido más de 10 años.

- El vínculo matrimonial haya tenido una duración mínima de 10 años.

- Además, se cumpla alguna de las condiciones siguientes: o la existencia de hijos comunes del matrimonio; o que el beneficiario tenga una edad superior a los 50 años en la fecha del fallecimiento del causante.
tucapital.es
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Última edición: 25/11/2016 11:21 por tucapital.es.
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