Hola.
Comentarte que si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial (como es la rebaja de salario) tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.
Si no quisiera rescindir su contrato, podrá reclamar la decisión del empresario ante la jurisdicción social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones.
Siempre que sea despedido por el empresario, sea el tipo de despido que sea, tendrá derecho a subsidio de desempleo.
- En el caso de que el trabajador acepte esa rebaja de salario, tendría que negociar con el empresario en qué condiciones sería a cambio, no aceptar sin más.... Ya que aceptar tal cual esa rebaja, influirá más adelante como comentas en el cálculo de la indemnización ante posible despido y desempleo.
Salu2
Archidona:
Hola,
Una joven familiar con contrato indefinido de un par de años de recorrido le ha ofrecido su jefe una reducción de salario del 20%. Sera por esto que ofrece ahora esta nueva reforma laboral....
¿Que procedimiento y mas o menos tiempo pasaría para que su jefe pueda oficialmente forzar esta decisión al empleado?
Si el empleado no acepta las nuevas y peores condiciones y lo despiden ¿peligraría su derecho subsidio de desempleo?
En el caso de aceptar pero mas adelante resultaría que la despiden, ¿el nuevo salario mas bajo es el que contaría para el calculo de la indemnización y para la del desempleo?
Muchas gracias.