RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 6 Meses
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El hecho por que el se generó derecho de prestación fue el último despido (trabajo a tiempo parcial).
De dicha prestación, después se generó derecho al subsidio de desempleo, y por lo tanto, tendrá en cuenta el último empleo perdido.
Me parece muy injusto, pero creo que es así.
Salu2.
Antonio:
Tengo un conocido que no se aclara con el subsidio, esto es lo que me ha contado: tenia dos trabajos a tiempo parcial, lo despiden de los dos trabajos a tiempo parcial, pero resulta que hay una diferencia en el despido de un dia o varios, bien, pues pasa a cobrar la PRESTACION por desempleo durante un año, que es lo que le corresponde.
Una vez termina la PRESTACION por desempleo solicita el subsidio, pero no le corresponde por no reunir los requisitos de rentas, a los cuatro o cinco meses ya cumple el requito y lo solicita, pues bien le dicen que cobrará solo lo de un contrato a tiempo parcial la del otro contrato a tiempo parcial le dicen que no, asi que solo cobra unos 200 y pico de euros.
Mi pregunta es ¿ Porque no cobra el subsidio de dos contratos a tiempo parcial? Según dice mi amigo el SEPE por escrito le dice que no lo despidieron el mismo dia de los dos contratos, que recurra si quiere, yo pensaba que cobraria el subsidio de los dos contratos,aunque no es muy normal que te despidan de dos contratos a tiempo parcial a la vez o que medie un par de dias, bueno eso es lo que me ha contado, no sé si me esconde alguna cosa que quiere contarme.
Un saludo
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RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por Fignon:
Para la parcialidad del paro se miran los últimos 6 meses sí o sí, y se hace una media ponderada.
Para el subsidio se mira únicamente el último contrato.
Si alguien cobra el paro con un último contrato al 10% de 10 días, pero los 170 anteriores fueron al 100%, al hacer la media, que es ponderada, saldrá un resultado cercano al 100% (95% concretamente).
Sin embargo, al acabar el paro y pedir la ayuda, como la legislación, en caso de subsidios, no se refiere a los últimos 180 días, sino al último contrato, habrá que hacerle un 10% a 426€ de importe total de una ayuda, con lo que se cobrará 42,6€ al mes.
Toda esta basurilla está regulada en los artículos 270 (paro) y 278 (subsidio) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), en redacción dada por el Real Decreto Ley 20/2012 de 14 de julio de 2012.
Sin politizar, pero llamando a las cosas por su nombre, estas cosas son lo que son, a pesar de que los representantes del gobierno aseguran que la protección por desempleo no ha sufrido recortes. A su puta madre se lo van a contar...
Antonio:
Tengo un conocido que no se aclara con el subsidio, esto es lo que me ha contado: tenia dos trabajos a tiempo parcial, lo despiden de los dos trabajos a tiempo parcial, pero resulta que hay una diferencia en el despido de un dia o varios, bien, pues pasa a cobrar la PRESTACION por desempleo durante un año, que es lo que le corresponde.
Una vez termina la PRESTACION por desempleo solicita el subsidio, pero no le corresponde por no reunir los requisitos de rentas, a los cuatro o cinco meses ya cumple el requito y lo solicita, pues bien le dicen que cobrará solo lo de un contrato a tiempo parcial la del otro contrato a tiempo parcial le dicen que no, asi que solo cobra unos 200 y pico de euros.
Mi pregunta es ¿ Porque no cobra el subsidio de dos contratos a tiempo parcial? Según dice mi amigo el SEPE por escrito le dice que no lo despidieron el mismo dia de los dos contratos, que recurra si quiere, yo pensaba que cobraria el subsidio de los dos contratos,aunque no es muy normal que te despidan de dos contratos a tiempo parcial a la vez o que medie un par de dias, bueno eso es lo que me ha contado, no sé si me esconde alguna cosa que quiere contarme.
Un saludo
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RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por Antonio:
Gracias Fignon, me ha quedado muy claro, siguiendo con lo que me dice mi colega, que en este caso se trata de un familiar, resulta que puede haber cometido una infraccion.
Voy a intentar explicarme, ya esta cobrando el subsidio, a los tres meses de estar cobrando el subsidio ( de diciembre a febrero) su marido encuentra trabajo ( se pasan de rentas) por tanto otra vez no cumple el requisito de rentas, pero no lo comunica al SEPE, me dice que cuando tenga que reanudar, puesto que en estos ultimos meses ha tenido un hijo.
Yo pienso, que tenia que haber comunicado el cambio de rentas en el momento de empezar a trabajar su marido y ( pasarse de rentas)y volver a comunicarlo en el momento de tener el hijo, que ya no se pasan de rentas, puesto que ahora hay que dividir por tres los ingresos.
En fin, temo que cuando vaya a los seis meses a reanudar el subsidio se encuentre con algo raro.
Un saludo
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RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 6 Meses
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Según SEPE:
En el caso de no comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones determinantes de la suspensión o extinción del derecho, o cuando se dejen de reunir los requisitos para el derecho a su percepción cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido indebidamente la prestación, que la sanción será de extinción de la prestación.
Salu2.
Antonio:
Gracias Fignon, me ha quedado muy claro, siguiendo con lo que me dice mi colega, que en este caso se trata de un familiar, resulta que puede haber cometido una infraccion.
Voy a intentar explicarme, ya esta cobrando el subsidio, a los tres meses de estar cobrando el subsidio ( de diciembre a febrero) su marido encuentra trabajo ( se pasan de rentas) por tanto otra vez no cumple el requisito de rentas, pero no lo comunica al SEPE, me dice que cuando tenga que reanudar, puesto que en estos ultimos meses ha tenido un hijo.
Yo pienso, que tenia que haber comunicado el cambio de rentas en el momento de empezar a trabajar su marido y ( pasarse de rentas)y volver a comunicarlo en el momento de tener el hijo, que ya no se pasan de rentas, puesto que ahora hay que dividir por tres los ingresos.
En fin, temo que cuando vaya a los seis meses a reanudar el subsidio se encuentre con algo raro.
Un saludo
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RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por Petya Georgieva:
Buenas! Tengo 3 dudas sobre los subsidios y el "paro".
1) Si tengo 140 días cotizados que no me llegan para paro pero tengo derecho a subsidios. Después de cobrar los subsidios- pierdo esos 140 días que tenia para paro ¿?
2) Si tengo 2 meses de paro del año pasado y otros 4 de este. Tengo que elegir entre los dos o son acumulativos (si cojo los 4- pierdo los del año pasado ? )
3) En el periodo de cobrar subsidios, pago mi social seguridad a parte o ya viene cubierto!
Muchas gracias por toda la información y claridad que podeis aportar!!!
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RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 6 Meses
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1. Si. Salvo creo que si pides el subsidio por tener cargas familiares.
2. Si tienes la opción de elección, la opción no elegida se pierde.
3. Durante la percepción de los subsidios (salvo la de mayores de 55) no se cotiza por la contingencia de jubilación. Eso sí, sí que estás cubierto el seguro médico.
Salu2
Petya Georgieva:
Buenas! Tengo 3 dudas sobre los subsidios y el "paro".
1) Si tengo 140 días cotizados que no me llegan para paro pero tengo derecho a subsidios. Después de cobrar los subsidios- pierdo esos 140 días que tenia para paro ¿?
2) Si tengo 2 meses de paro del año pasado y otros 4 de este. Tengo que elegir entre los dos o son acumulativos (si cojo los 4- pierdo los del año pasado ? )
3) En el periodo de cobrar subsidios, pago mi social seguridad a parte o ya viene cubierto!
Muchas gracias por toda la información y claridad que podeis aportar!!!
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RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por Francisco:
Mi consulta es la siguiente, voy a solicitar la prestación contributiva al tiempo que mi hijo va ha iniciar un contrato de trabajo de tres meses para el veráno, terminara en Septiembre y volverá a estudiar, puedo incluirlo como familiar a cargo, o no ? y si es que no cuando acaba el contrato y ya no tenga ingreso alguno puedo modificar los criterios para cobrar partir de entonces la cuantia que me corresponde por ser familiar a cargo?
Gracias.
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RE: Subsidio de desempleo hace 8 Años, 5 Meses
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Para la prestación, la cuantía no se modifica si tienes o no familia a cargo. Sólo cambiaría los límites inferiores o superiores.
Si es un subsidio, afecta el tipo de ayuda que te daría, si tienes cargas familiares, duraría mucho más, peo la cuantía no varía, 426€.
Salu2.
Francisco:
Mi consulta es la siguiente, voy a solicitar la prestación contributiva al tiempo que mi hijo va ha iniciar un contrato de trabajo de tres meses para el veráno, terminara en Septiembre y volverá a estudiar, puedo incluirlo como familiar a cargo, o no ? y si es que no cuando acaba el contrato y ya no tenga ingreso alguno puedo modificar los criterios para cobrar partir de entonces la cuantia que me corresponde por ser familiar a cargo?
Gracias.
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