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CERTIFICADO DE EMIGRANTE RETORNADO.
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TEMA: CERTIFICADO DE EMIGRANTE RETORNADO.
#158474
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años, 5 Meses Karma: 60
Lo único que el subsidio de emigrantes retornados hay que pedirlo en el plazo de 15 días al retornar.

Le exigirá dicho documento que no lo tendrá disponible, pero no creo que que sea impedimento.

Podéis explicar el hecho en SEPE.

Salu2.

nitza nodarse:
Hola mi hija viene como emigrante retornada de cuba pero el documento de sus años de trabajo se quedan legalizando en la embajada y en la lonja y deben enviárselo estando ya ella aquí cerca de dos meses eso podría afectarle para todos los tramites del certificado y poder solicitar la ayuda espero respuesta gracias
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#159548
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por pablo figueroa:

venezuela
donde se solicita la acreditacion del tiempo de trabajo para presentarlo en el consulado español
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#159583
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años, 4 Meses Karma: 60
Según web de ministerio de trabajo:

<blackquote>

Trabajores/as por Cuenta Ajena:

Pasaporte Español. (fotocopia de las páginas que contienen los datos personales y los sellos de registro y baja consulares)
Impreso de la Baja Consular.
Constancias/s de Trabajo en la cual se señale expresamente la fecha de ingreso y de egreso. El periodo de trabajo acreditado que puede adverarse será siempre que el solicitante ostente la nacionalidad española en todo el periodo.
Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social (doce meses mínimo, dentro de los seis últimos años previos a la presentación de la documentación ante esta Consejería). Será válida la cuenta individual en el IVSS que aparece en la página web de ese Instituto.

Trabajadores por Cuenta Propia (Autónomos)

Pasaporte Español. (fotocopia de las páginas que contienen los datos personales y los sellos de registro y baja consulares)
Impreso de la Baja Consular
Dos últimas declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR) en el que se acrediten doce meses de actividad. Si el periodo no puede completarse mediante declaración, podrán justificarse los meses restantes con declaraciones mensuales del IVA (y en caso de no ser sujeto obligado a presentar dichos impuestos deberá acreditar tal condición mediante certificación emitida por el SENIAT).
Baja de la empresa ante el Registro Mercantil o documento de venta de acciones.
Declaración Jurada de Actividad en la que conste el periodo de inicio y fin de la misma (doce meses mínimo, dentro de los seis últimos años previos a la presentación de la documentación ante esta Consejería).

[/quote]

pablo figueroa:
venezuela
donde se solicita la acreditacion del tiempo de trabajo para presentarlo en el consulado español
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#160088
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Dominga Hernandez:

Soy española de 57 años con dos hijas mellizas de 5 años españolas también..vivo en canarias 5 meses.,y vivía en Venezuela..como hago para solicitar en canarias el certificado de emigrante retornado, no tengo medios económicos para mantenerme por los momentos y requiero asistencia
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#160096
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años, 3 Meses Karma: 60
Se indica en el artículo de arriba.

Salu2.

Dominga Hernandez:
Soy española de 57 años con dos hijas mellizas de 5 años españolas también..vivo en canarias 5 meses.,y vivía en Venezuela..como hago para solicitar en canarias el certificado de emigrante retornado, no tengo medios económicos para mantenerme por los momentos y requiero asistencia
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#162093
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por Sarahi Perez Martin:

Hola, les escribo para que me aclaren una duda que no entiendo.
El padre de mi esposo tiene 80 años, nacido el 19 de Septiembre de 1936 y vino de retorno a canarias el día 8 de abril del 2016 con su baja consular y demás documentos acreditativos legalizados y con el informe de adverracion por la consejería de empleo y seguridad social de los 50 años de servicios prestados en cuba y salario devengados desde 1959 hasta el año 2009, siendo ciudadano español por recuperación desde el 21 de Mayo del 2003, dichos documentos fueron presentados en la oficina de Inmigración y Extranjería en calle Marina No20 Santa Cruz de Tenerife, con el objetivo de solicitar el certificado de emigrante retornado para posteriormente tramitar el subsidio por desempleo para emigrantes retornado ,la compañera que recibe y revisa la documentación le informa que los años de trabajos que presenta son validos pero que tiene que tener mínimo 12 meses de trabajo de los últimos seis años antes del retorno a España,dicho esto por la compañera de inmigración se envía un poder notarial a su hija menor para que actuara como representante legal de mi suegro en cuba ya que el se encontraba aquí en España y solicitara el certificado de año de servicio y salario devengado en la ultima empresa que trabajo, como Agente de Seguridad y Protección, dichos documentos fueron legalizados por la Consultoria Jurídica Internacional en cuba y por la Embajada Española en Cuba, terminados los tramites y recibidos dichos documentos adjuntaron a los antes traídos y se persono nuevamente en inmigración y extranjería en la Marina 20 donde les fueron recogidos dichos documentos y le comunicaron que serian enviados a la consejería de empleo y seguridad social en la embajada de españa en cuba para su adverracion que tenia que esperar respuesta por correo, pasado 3 meses le fue comunicado por teléfono que la respuesta que la consejería havia dado era que el expediente de Don: Rogelio havia sido recogido por su hija Ania, refiriéndose a los primeros documentos presentados por el y su hija que lo acompañaba todavía estando en cuba y no a los que se entregaron en Inmigración y Extranjería en calle marina No20 de Santa Cruz de Tenerife y que fueron mandados a cuba para su adverracion. Sorprendido por dicha respuesta tratamos de aclarar la situación con la compañera de inmigración y nos contesto rotundamente que esa havia sido la respuesta y que ella no podía hacer nada mas .

Una ves expuesta mi duda quisiera que me dieran respuesta lo antes posible para saber que debo hacer o para tramitar la situación por alguna otra via
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#162178
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años, 1 Mes Karma: 60
No entiendo muy bien la situación.

¿Han mandado estos documento a cuba para su adveración? Pues habrá que esperar a que lo certifiquen, ¿no?

Salu2.

Sarahi Perez Martin:
Hola, les escribo para que me aclaren una duda que no entiendo.
El padre de mi esposo tiene 80 años, nacido el 19 de Septiembre de 1936 y vino de retorno a canarias el día 8 de abril del 2016 con su baja consular y demás documentos acreditativos legalizados y con el informe de adverracion por la consejería de empleo y seguridad social de los 50 años de servicios prestados en cuba y salario devengados desde 1959 hasta el año 2009, siendo ciudadano español por recuperación desde el 21 de Mayo del 2003, dichos documentos fueron presentados en la oficina de Inmigración y Extranjería en calle Marina No20 Santa Cruz de Tenerife, con el objetivo de solicitar el certificado de emigrante retornado para posteriormente tramitar el subsidio por desempleo para emigrantes retornado ,la compañera que recibe y revisa la documentación le informa que los años de trabajos que presenta son validos pero que tiene que tener mínimo 12 meses de trabajo de los últimos seis años antes del retorno a España,dicho esto por la compañera de inmigración se envía un poder notarial a su hija menor para que actuara como representante legal de mi suegro en cuba ya que el se encontraba aquí en España y solicitara el certificado de año de servicio y salario devengado en la ultima empresa que trabajo, como Agente de Seguridad y Protección, dichos documentos fueron legalizados por la Consultoria Jurídica Internacional en cuba y por la Embajada Española en Cuba, terminados los tramites y recibidos dichos documentos adjuntaron a los antes traídos y se persono nuevamente en inmigración y extranjería en la Marina 20 donde les fueron recogidos dichos documentos y le comunicaron que serian enviados a la consejería de empleo y seguridad social en la embajada de españa en cuba para su adverracion que tenia que esperar respuesta por correo, pasado 3 meses le fue comunicado por teléfono que la respuesta que la consejería havia dado era que el expediente de Don: Rogelio havia sido recogido por su hija Ania, refiriéndose a los primeros documentos presentados por el y su hija que lo acompañaba todavía estando en cuba y no a los que se entregaron en Inmigración y Extranjería en calle marina No20 de Santa Cruz de Tenerife y que fueron mandados a cuba para su adverracion. Sorprendido por dicha respuesta tratamos de aclarar la situación con la compañera de inmigración y nos contesto rotundamente que esa havia sido la respuesta y que ella no podía hacer nada mas .

Una ves expuesta mi duda quisiera que me dieran respuesta lo antes posible para saber que debo hacer o para tramitar la situación por alguna otra via
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#162751
RE: El Certificado de Emigrante Retornado hace 8 Años Karma: 20
Comentario enviado por gabriel suarez:

hola. traje mis documentos adverado de venezuela. llegue el 2 de noviembre pero me empadrone el 15 de noviembre. aun no me han dado cita para el certificado, ya estoy como demandante de empleo desde el 16 noviembre. habra problema?
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