Hola, esta es la primera vez que intervengo en este foro y que necesito de vuestra ayuda, por este motivo os doy las gracias por anticipado.
Pertenezco al sector de la Limpieza, perteneciente al
Convenio Colectivo de Limpieza de edificios y locales de la Comunidad de Madrid.
El problema es el siguiente:
En el lugar donde trabajo las partes más altas pueden llegar a tener como 4 o 5 metros de altura y algunas veces hay telarañas y otras posibles suciedades en esas partes tan altas, lo cual me quieren hacer que lo limpie, subiéndome a escaleras, que por cierto, no son muy adecuadas. Por cierto, tampoco, se llega uniendo los "palos extensibles".
Mi pregunta es la siguiente:
Creo o en alguna parte he visto o he oido de que no se debe subir a una escalera más alla del segundo o tercer peldaño, quedando a responsabilidad del trabajador si te subes más arriba y tuvieses algún accidente. ¿Es así, que existe este articulo? (no sé dónde, pero creo que si lo he llegado a leer en algún sitio, pero no recuerdo dónde), ¿te pueden obligar a subirte a la escalera? (esto es lo que pretenden, los del centro donde trabajo, bueno, más concretamente una persona del centro), ¿qué puedo hacer?.
Por otro lado, también, me da vertigo en las alturas y me da miedo.
Un saludo,