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Renta Activa de Inserción
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Renta Activa de Inserción
#149588
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 60
Puedes pedir la RAI siempre que cumplas las condiciones económicas.

¿Que ahora tienes paro acumulado? pues cuando pierdas el empleo, pide el paro, y después algún subsidio y por último la RAI.

La PNC es para siempre y son 366€ anuales, siempre que se cumpla los requisitos económicos que son muy restrictivos:

- www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/p...es-no-contributivas/

Salu2.

Vanesa:
BUENAS TARDES, ESTE ES MI CASO. ESTABA COBRANDO LA RAI POR UNA DISCAPACIDAD RECONOCIDA DE UN 65% Y ÉSTA LA COMPATIBILIZABA CON UN TRABAJO PARCIAL. SE ME ACABÓ LOS PRIMERO 11 MESES, Y NO RENOVÉ PORQUE MI MARIDO EMPEZÓ A TRABAJAR Y LA RENTA SUPERABA EL MÁXIMO. HASTA AHÍ BIEN

AHORA MI PREGUNTA ES, CUANDO MI MARIDO ACABE CONTRATO PUEDO VOLVER A PEDIR LA RAI. YA QUE AHORA TENDRÉ PARO ACUMULADO. ¿O TENGO QUE PEDIR PARO?

OTRA CUESTIÓN, ME HE ESTADO PLANTEANDO NO PEDIR LA RAI Y PEDIR LA PENSION NO CONTRIBUTIVA, QUE DIFERENCIA HABRÍA ENTRE UNA Y OTRA

GRACIAS
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#149592
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 9
tucapital.es escribió:
Sí, tienes derecho a solicitarlo.

Vuelve.

Enrique:
Hola buenos días.
Fui al SEPE, el día 04/11/2015 a solicitar la 3ra RAI.
Y como he trabajado 76 días durante el año que llevo como demandante de empleo, la persona que me atendió me dijo, que me falta más tiempo para solicitarla, cuando otra agente de la oficina me habías dicho antes que tenias derecho a solicitarla el, 22/10/2015.
Cuando en los requisitos dicen que para verse interrumpida tienes que haber trabajado 90 días o más.
Ahora mismo estoy un poco confuso, porque voy a la oficina de empleo.
Y una de las agentes me dicen una cosa y otra te dices otra muy diferente.
Es como si no se enterasen de nada a los que les compete o no hay coherencia, ni mucho menos armonía, ni coordinación.
Gracias, un cordial saludos.


Exacto, vuelve y solicita, diga lo que te diga el funcionario que te toque. Recordar que solicitar es un derecho del ciudadano, y que tramitar la solicitud es una obligación de la administración. Quiero decir, que aunque te puedan tratar de disuadir, puedes presentar la solicitud.

Por lo demás, por si acaso, decir que la demanda no se interrumpe por trabajos inferiores a 90 días, siempre y cuando uno se apunte de nuevo como demandante en los 15 días siguientes a la finalización del trabajo (no digo que sea tu caso, solo es por aclarar). Si te apuntas pasados esos 15 días, tampoco es que automáticamente no tengas derecho, sino que esos días fuera del plazo se sumarán a los trabajados. Por ejemplo, si trabajo 80 días y me apunto 10 días después de acabar el trabajo, la demanda se interrumpe 80 días y como son menos de 90, tengo derecho. Sin embargo, si me apunto 20 días después de acabar el trabajo, es como si hubiese trabajado 100 días, con lo cual, no tengo derecho.

Cuando uno se sienta ante un empleado del SEPE, tiene que saber que está ante un auxiliar administrativo, en muchos casos, interino, cuya formación específica para el puesto es prácticamente cero. Su buen o mal desempeño no está sujeto a una evaluación real y el servicio que presta, a nivel informativo, requiere en muchos casos de unos conocimientos que exceden a los que legalmente se le pueden exigir a un auxiliar administrativo. Ante este panorama, sólo se puede apelar a la profesionalidad del funcionario de turno. A que haya tenido ganas e interés en formarse por su cuenta. Porque lo que hace la administración, para ahorrarse un buen dinero, es tener a personal de baja cualificación y retribuciones acordes a dicha cualificación, prestando servicios que pueden ser enormemente delicados de cara al ciudadano y que, dada la complejidad de la regulación en materia de desempleo, requerirían de personal bien formado y bien remunerado.
Fignon
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Última edición: 20/11/2015 17:26 por Fignon.
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#149655
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por Rocio:

Buenas noches. Tengo una hija q cobra desde enero 2015 ayuda por violencia de género. Tendría que renovar en noviembre la ayuda o en diciembre?
anonimo
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#149689
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 60
En diciembre.

Salu2.

Rocio:
Buenas noches. Tengo una hija q cobra desde enero 2015 ayuda por violencia de género. Tendría que renovar en noviembre la ayuda o en diciembre?
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#149722
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por Soledad:

Hola,

Me han aprobado la RAI a finales de ocbure, me han ingresado la parte proporcional en noviembre y ahora en diciembre cobraré el mes completo.

Quizás en Enero empiece a trabajar a media jornada en una empresa.

1. Puedo seguir cobrando la prestación? Hay compatibilidad?
2. Tendría que avisar al Sepe?
3. Una vez terminado el contrato podría volver a reanudar la ayuda?

Gracias y un saludo,
anonimo
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#149723
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por Francisco:

Tengo 60 años. Soy parado de larga duración. He sido autónomo y estoy cobrando la Renta activa de Inserción (segunda de las tres). Mi esposa ha encontrado un trabajo y cobrará sobre 900 euros al mes. ¿Puedo seguir cobrando la RAI los meses que me quedan? No tenemos ningún ingreso y sólo somos los dos.
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#149726
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por pedro:

Hola tengo 46 años y estoy acogido al convenio especial de la seguridad social para cotizar el cual lo pago yo de mis pocos ahorros, ahora quiero pedir la rai pero no se si es compatible con este convenio aparte te informo de la situación llevo mas de un año desempleado y ahora se me ha acabado el subsidio por cargas familiares ,yo vivo con mis padres y pernoto con mi hija pequeña a la que la paso una pensión alimenticia ya que la custodia es de mi exmujer el único ingreso es la pensión de mi padre que es de 1550 euros al mes pagas incluidas.Tendría derecho a la rai y es compatible con el convenio especial de la seguridad social que yo mismo pago para seguir cotizando.Muchas gracias.
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#149763
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 9 Años Karma: 60
1. Puedes compatibilizarlo.

2. Sí, tienes que solicitar compatibilizar; pero no cobraría el 100%, sino sólo la parte proporcional.

3. Otra opción es suspender y reanudarlo después.

Salu2.

Soledad:
Hola,

Me han aprobado la RAI a finales de ocbure, me han ingresado la parte proporcional en noviembre y ahora en diciembre cobraré el mes completo.

Quizás en Enero empiece a trabajar a media jornada en una empresa.

1. Puedo seguir cobrando la prestación? Hay compatibilidad?
2. Tendría que avisar al Sepe?
3. Una vez terminado el contrato podría volver a reanudar la ayuda?

Gracias y un saludo,
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