Comentario enviado por AlfredoJS:
Quisiera más información acerca del comentario del 11 de Mayo que dice "Si no estás de acuerdo, puedes rescindir el contrato y cobrarías 20 días por año trabajado y un máximo de 9 meses. "
Tenía entendido que en caso de marcharte de la empresa, no se cobraba ningún tipo de indemnización. Hay alguna forma de rescindir un contrato y cobrar el finiquito aunque sea de 20 días por año trabajado.
En mi caso soy fijo discontinuo con 3 años de antiguedad, y en el contrato se indica que mi jornada laboral es de 40horas/semana y el periodo lectivo del colegio infantil es de 10 meses anuales, ahora me dicen que al ser fijo-discontinuo me mandarán al paro y ya me llamarán cuando vuelva a haber niños.
¿Cuanto tiempo tienen para volver a contratarme, el periodo normal de cuidado de los niños es de septiembre a Junio, pero a mi me mandan al paro ahora, en septiembre, por lo que entiendo que hasta el septiembre que viene no cabe posibildad de incorporación.
Pueden tenerme 12 meses cobrando del paro hasta ver si el año que viene hay niños o no? y si encuentro otro trabajo perdería el finiquito?, y si no encuentro trabajo y se me acaba el paro, ¿que hago?
Muchas gracias por vuestro tiempo, y muchas más a quien pueda responder alguna de mis cuestiones
Víctor:
En el mes de febrero se llevo a cabo un ERE en la empresa en que trabajo y que está vigente hasta el mes de septiembre. Hasta la fecha de hoy, aunque estoy incluido en él no me ha mandado ningún día al ERE.
Hoy me han comunicado que quieren proceder a una bajada sustancial de mi sueldo según la nueva reforma laboral.
Sospecho que la intención de mi jefe es mandarme al ERE a continuación y a la vuelta de 180 días despedirme con la indemnización que correspondería al nuevo salario. He calculado que perdería unos 6000 euros.
Mi pregunta es la siguiente, ¿puede obligarme a aceptar la bajada salarial habiéndose aceptado un ERE?
Y por otro lado, me dice que en caso de negarme y "acogerme" al despido procedente, la ley le permite pagarme la indemnización en un plazo de 9 meses. ¿Es esto posible? ¿Cual es el plazo que tiene para abonarme el finiquito y las nóminas impagadas?
Gracias por la respuesta.