RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 11 Meses
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Claro!!! tu base es de 1.320 euros (el total).
El Servicio de empleo cotiza por tí por el 125% del SMI (748,3 * 1,25 = 935€).
Y tú cotizas, 139€, es decir por la base del 139 / 0.3 (las cotizaciones son el 30% de la base aproximadamente), esto es: 4633€, que mensualmente será: 386€.
Sumando ambas bases, que es tu base de cotizaciones: 1321€, tu actual base de cotizaciones mensual.
Salu2.
ROBERTO:
Actualmente durante el año 2011, pago 139,42 euros/mes y me han dicho que la base pasa a ser de 1.320,07 en el Convenio.
Gracias.
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RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 11 Meses
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Gracias por la aclaración.
Salu2.
jose manuel:
una aclaracion la base del subsidio de desempleo de 2011 es de 935.25€ yo he pedido las bases de cotizacion de este año y me aparece 935.25€ mas 1600€=2535.25€ es asi dicho por un vecino que trabaja en la s/s y me hace las consultas en la s/s espero que aclare ,los 1600€ son del convenio especial y pago 213,89e al mes el convenio se puede dejar de pagar ,bajar pero nunca subir eso me dijieron
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RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por ROBERTO:
Esta operación que me plantea visto así, parece correcto el cálculo, pero si es tan sencillo, ¿porqué hay contradiciones en la Administración?, ¿porqué no responden a mi consulta?.
El aclarante agregado al coloquio José Manuel, me lo ha enturbiado un poco o un bastante, pués si como dice usted mi base definitiva es de 1.320,07 euros/mes, ¿porqué en el documento que envía anualmente la Tesorería, a mí también me aparecen las dos bases de cotización, la del Servicio de Empleo Estatal y la del convenio, totalmente separadas? quiero decir y digo, si yo me dirijo al documento de bases de cotización de la Tesorería que tengo en mi poder y miro un determinado mes del año 2010, leo lo siguiente entre otros, "SUB DESEMPLEO>52 AÑOS O FIJOS DISC.EXT Base de Cotización 923,63". Luego en el mismo mes, se lee "CONVENIO Base de cotización 1.307,00".
Si mi base real es la del Convenio como dice usted, ¿porqué en el documento de la Tesorería aludido no aparece sólo esta última base que es la que cuenta?.
Por otra parte, la operación de cálculo que me indica usted supongo que deberá estar basada en algún Real Decreto que lo regule y lo explícite, yo no he encontrado ninguno que exponga dicha forma de cálculo.
Dicho lo cual, se desprende por lo que usted me dice, que para yo cotizar por 386 euros al mes más, de lo que me cotiza el Servicio de Empleo, pago una cuota de 139 euros, ¿no le parece excesivo?, esto representa un 36,01%.
Por último, cuando usted agradece la aclaración que hace José Manuel, ¿significa eso que ambas bases son realmente sumativas, como parece que le han informado a el?.
Reciba un cordial saludo.
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RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 10 Meses
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Supongo que se debe a que no todo el mundo está bien informado o incluso se han explicado mal o que les hayas entendido mal.
Salu2.
ROBERTO:
Esta operación que me plantea visto así, parece correcto el cálculo, pero si es tan sencillo, ¿porqué hay contradiciones en la Administración?, ¿porqué no responden a mi consulta?.
El aclarante agregado al coloquio José Manuel, me lo ha enturbiado un poco o un bastante, pués si como dice usted mi base definitiva es de 1.320,07 euros/mes, ¿porqué en el documento que envía anualmente la Tesorería, a mí también me aparecen las dos bases de cotización, la del Servicio de Empleo Estatal y la del convenio, totalmente separadas? quiero decir y digo, si yo me dirijo al documento de bases de cotización de la Tesorería que tengo en mi poder y miro un determinado mes del año 2010, leo lo siguiente entre otros, "SUB DESEMPLEO>52 AÑOS O FIJOS DISC.EXT Base de Cotización 923,63". Luego en el mismo mes, se lee "CONVENIO Base de cotización 1.307,00".
Si mi base real es la del Convenio como dice usted, ¿porqué en el documento de la Tesorería aludido no aparece sólo esta última base que es la que cuenta?.
Por otra parte, la operación de cálculo que me indica usted supongo que deberá estar basada en algún Real Decreto que lo regule y lo explícite, yo no he encontrado ninguno que exponga dicha forma de cálculo.
Dicho lo cual, se desprende por lo que usted me dice, que para yo cotizar por 386 euros al mes más, de lo que me cotiza el Servicio de Empleo, pago una cuota de 139 euros, ¿no le parece excesivo?, esto representa un 36,01%.
Por último, cuando usted agradece la aclaración que hace José Manuel, ¿significa eso que ambas bases son realmente sumativas, como parece que le han informado a el?.
Reciba un cordial saludo.
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RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 10 Meses
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Comentario enviado por ROBERTO:
Bueno, lo que tengo que lograr es la respuesta adecuada de la propia Administración.
Gracias.
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RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 10 Meses
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Ok.
ROBERTO:
Bueno, lo que tengo que lograr es la respuesta adecuada de la propia Administración.
Gracias.
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RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 10 Meses
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Comentario enviado por mercedes:
Hola, tengo 52 años, mas de 22 años de cotización,y me parece que no podre optar a tener una jubilación al 100%, soy madre de tres hijas, me aumenta en algo los años de mi cotización? en cuanto debo hacer algún tramite? o debo esperar a la jubilación?
gracias por anticipado
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RE: Anteproyecto de ley de reforma de la pensión de jubilación 2011 hace 12 Años, 10 Meses
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Pide el subsidio para mayores de 52 años:
- www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/s...zos-y-documentacion/
Salu2.
mercedes:
Hola, tengo 52 años, mas de 22 años de cotización,y me parece que no podre optar a tener una jubilación al 100%, soy madre de tres hijas, me aumenta en algo los años de mi cotización? en cuanto debo hacer algún tramite? o debo esperar a la jubilación?
gracias por anticipado
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