Imagino que hablas del régimen agrario por cuenta ajena.
En este caso, existe 2 periodos, los periodos de actividad y la de inactividad.
Durante los periodos de actividad, los empresario se hacen cargo de las cotizaciones, que puede ser por bases diarios o mensuales.
Si se solicita mensuales, cotizarán por ti todo el mes.
Pero claro, lo normal es que soliciten diarios, es decir, pagarte las cotizaciones los días que te contratan.
Los días de inactividad, te toca hacerte cargo de las cotizaciones.
Salu2.
Lorenzo barquero:
Cuantas peonadas mínimas son necesarias para no pagar el sello agrario?