Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
– De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
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www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/15/l...raria/#ixzz4xvuomT5Q
rodrigo albuera serrano:
tengo 49 años y a punto de cumplir los 50 .me voya sacar el seguro agrario .puesto que trabajo todos los años mas de 35 peones . que tendria que hacer y en cuanto tiempo empezaria a cobrar la renta agraria .gracias