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La Renta Agraria
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: La Renta Agraria
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#180483
RE: La Renta Agraria hace 6 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por Martinez:

Hola,tengo entendido que para seguir en el sistema especiar agrario de la seguridad social tienes que trabajar como minimo 30 jornadas al año,si no las tienes te echan es decir te quitan de pagar sellos.Mi pregunta o duda es: un familiar lleva más de 2 años sin presentar ningúna jornada pero sigue pagando sellos,no se es que ha cambiado la ley o normativa respecto a esto?podrían aclararmelo,gracias
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#180488
RE: La Renta Agraria hace 6 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por Francisco:

si el desempleado no ha sido con anterioridad beneficiario de la renta agraria se le exigira haber permanecido en el seeas ininterrumpidamente 12 meses.Si no has sido beneficiario con anterioridad,osea si es la primera vez.Segun lo que ha escrito jorge le dieron de baja por no tener las peonadas,si ahora las tiene y se vuelve a dar de alta no es la primera vez que lo solicita.PARA SER UNA ASESORIA DEBERIAIS INFORMAROS UN POQUITO MEJOR DE LO QUE CONTESTAIS.UN SALUDO

Jorge:
Hola, hace unos meses me dieron de baja en el régimen especial agrario por falta de jornadas laborales y ahora vuelvo a estar dado de alta. Mi pregunta es ¿Puedo cobrar el paro aunque me falte los sellos de los meses que estado de baja en el régimen especial agrario??
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#180494
RE: La Renta Agraria hace 6 Años, 1 Mes Karma: 60
Que yo sepa, no ha cambiando nada.

Salu2.

Martinez:
Hola,tengo entendido que para seguir en el sistema especiar agrario de la seguridad social tienes que trabajar como minimo 30 jornadas al año,si no las tienes te echan es decir te quitan de pagar sellos.Mi pregunta o duda es: un familiar lleva más de 2 años sin presentar ningúna jornada pero sigue pagando sellos,no se es que ha cambiado la ley o normativa respecto a esto?podrían aclararmelo,gracias
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#180498
RE: La Renta Agraria hace 6 Años, 1 Mes Karma: 60
En primer lugar, no somos ninguna asesoría, simplemente unas personas que aquí tratamos de ayudar en lo que podemos con nuestra experiencia.

En segundo, lugar, tratamos de informarnos lo mejor posible, pero reiteramos no somos ninguna asesoría, ni abogado, simplemente ayudamos con nuestra experiencia.

Por último, las condiciones de acceso a la ayuda os lo dejamos a continuación (extraído de SEPE):



Pertenecer al colectivo de trabajador eventual agrario por cuenta ajena. Además, estar empadronado o empadronada y con residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura un mínimo de 10 años.

No haberse beneficiado del subsidio por desempleo agrario en alguno de los 3 años anteriores a la solicitud.

Estar inscrita o inscrito en el censo del SEASS ininterrumpidamente en los 12 meses anteriores a la solicitud, y los mayores de 45 años, entre 5 y 20 años. Asimismo, estar al corriente del pago de la cuota fija.

Haber cotizado en el SEASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un mínimo de 35 jornadas reales.

No tener rentas de cualquier tipo que en cálculo anual superen la cuantía del salario mínimo interprofesional, sin contar las pagas extraordinarias, y no superar el límite familiar de rentas establecido. Para el cálculo de las rentas se tendrá en cuenta su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, será el que resulte de la diferencia entre los ingresos y los gastos que se necesiten para obtener dichos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Inscribirse como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.


Nosotros hablamos de tiempo que tiene que estar inscrito en el régimen para pedir la ayuda.

Otra cosa es, si previamente has o no has recibido la ayuda. Si es la primera solicitud, no tienes que esperar nada (eso sí, has de llevar 12 meses inscrito en el régimen), se puede pedir desde el mismo momento de desempleo.

Si has recibido otro previo, se ha de esperar 12 meses para pedir otro.

Son 2 conceptos diferetes:

- Tiempo inscrito en el régimen.
- Tiempo de esperar entre ayudas.

Y lamentablemente para la persona que ha preguntado, le afecto el tiempo de inscripción ininterrumpido (y el lo interrumpió por baja del régimen, ha de llegar a 12 meses).

Por último, y para ser absolutamente riguroso, habría que ver qué entiende SEPE por tiempo ininterrumpido.

Salu2.

Francisco:
si el desempleado no ha sido con anterioridad beneficiario de la renta agraria se le exigira haber permanecido en el seeas ininterrumpidamente 12 meses.Si no has sido beneficiario con anterioridad,osea si es la primera vez.Segun lo que ha escrito jorge le dieron de baja por no tener las peonadas,si ahora las tiene y se vuelve a dar de alta no es la primera vez que lo solicita.PARA SER UNA ASESORIA DEBERIAIS INFORMAROS UN POQUITO MEJOR DE LO QUE CONTESTAIS.UN SALUDO
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#180760
RE: La Renta Agraria hace 6 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por Francisco Raigón:

Hola buenos días!
Estoy cobrando la renta agraria y este mes no me han hecho el ingreso, no se a que será debido puesto que no he empezado a trabajar aún...Y la tarjeta de demanda la tengo renovada...
Como podría reclamar...???
Gracias de antemano
anonimo
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#180771
RE: La Renta Agraria hace 6 Años, 1 Mes Karma: 60
Vete a SEPE por si hay alguna incidencia.

Salu2.

Francisco Raigón:
Hola buenos días!
Estoy cobrando la renta agraria y este mes no me han hecho el ingreso, no se a que será debido puesto que no he empezado a trabajar aún...Y la tarjeta de demanda la tengo renovada...
Como podría reclamar...???
Gracias de antemano
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#180883
Re: La Renta Agraria hace 6 Años Karma: 0
Buenas tardes,tengo 52 años, me gustaría saber si me pueden responder a estas dudas que tengo respecto al Régimen Especial Agrario, ya que soy nuevo en esto.
Soy fijo discontinuo en una empresa por régimen general, la cual sólo trabajo unos 2 meses y medio 3 como mucho al año y a parte trabajo en la aceituna. Este año cuando empiece la recolección de la aceituna quisiera hacerlo por el Régimen Especial Agrario y seguir pagando los sellos durante los 12 meses, incluidos los que estoy activo en dicha empresa por Régimen General. Mis dudas son:
1 - ¿Al estar fijo discontinuo por Régimen General me afectará para cobrar el paro agrario?
2 - ¿Cuantas peonadas reales en los 12 meses necesito para cumplir este requisito?

Un saludo y enhorabuena por vuestra labor.
Manuel A.
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#180891
RE: La Renta Agraria hace 6 Años Karma: 20
Comentario enviado por Alejandro:

Hola. Mi situación es la siguiente. He cobrado el paro durante cuatro meses. Aún, me falta la parte proporcional del primer mes, que vencerá él próxima dos 10 de cada mes. Una vez agotado dicho paro, ¿qué tengo que hacer para poder tener derecho a la renta agraria? ¿La cobraría en el próximo verano? ¿Dónde se pagaría el sello? Estoy un poco perdido. Gracias por vuestra atención. Un saludo.
anonimo
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