Comentario enviado por argelino:
hola buenas tardes yo pregunto a qui antes sobre tema del pasaporte,yo preceptor de subsidio renta agraria mi marcho a mi pais y me quedo alli 27 dia en un año sin avisar sepe y sin aurotesacion de sepe,lo que quiero aber enter 15 y 90 dia AENA, establece que "para estancias de entre 15 y 90 días como máximo, en períodos continuados o no, si el desempleado quiere conservar su prestación, su salida al extranjero deberá estar "previamente comunicada y autorizada por la entidad gestora".
En el caso de salidas superiores a 90 días al año, el servicio de empleo entiende que se trata de un trata de un traslado de residencia. En ese supuesto, el parado no sólo deberá pedir autorización, sino que, además, deberá justificar su salida para conservar sus derechos: "En los supuestos de traslado de residencia al extranjero en los que el beneficiario declare que es para la búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período continuado inferior a doce meses, siempre que la salida al extranjero esté previamente comunicada y autorizada por la entidad gestora". En cualquier caso, la prestación podría reanudarse al regresar a España.
En cuanto a la obligación de la persona desempleada de estar siempre localizable si no quiere perder sus derechos, la nueva norma establece que se podrá sancionar al perceptor de la prestación —incluso con la pérdida de la misma— en caso de "no facilitar a los