La forma de pago lo fijan en la empresa y bajo su convenio colectivo.
La cuestión es que si tienes x de salario bruto anual, te tiene que pagar x · 8 / 12 en total, independientemente de cómo lo divida.
Por otro lado, te tiene que pagar finiquito en función de si te queda vacaciones pendientes, el salario del último mes e indemnización (en tu caso no te corresponde).
Puedes echar un vistazo a la calculadora de finiquitos:
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www.tucapital.es/calculadoras/finiquito-indeminizacion-despido/
Salu2.
Juan ramon Furones:
Hola,
Estoy haciendo unas prácticas de 8 meses sin posibilidad de renovación. El contrato que he firmado está en base bruta anual y en la empresa se proporciona el salario en 15 pagas. Mis preguntas son: ¿Estoy exento de pagas extras en favor de un neto mensual más alto? ¿Cuantos impuestos voy a tener que pagar del salario bruto anual?¿tendré derecho a finiquito o va devengado en las pagas mensuales?En el contrato no se señala nada.
Muchísimas gracias!