RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por Juan:
Sera al contrario,los requisitos para la renta son mayores pues una persona mayor de 52 que no consiga los jornales aunque tenga cotizados mas de 15 años y haya cobrado la renta los ultimos cinco años se queda sin cobrar un duro y encima lo sacan del Reass,es asi no?
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RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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Lo que menos exige es para la Renta Agraria, después el Subsidio y después el subsidio de mayores de 52 años (en el que únicamente se exime de cumplir las jornadas).
Saludos.
Juan:
Sera al contrario,los requisitos para la renta son mayores pues una persona mayor de 52 que no consiga los jornales aunque tenga cotizados mas de 15 años y haya cobrado la renta los ultimos cinco años se queda sin cobrar un duro y encima lo sacan del Reass,es asi no?
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RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por Juan:
Ok,pero si lo unico que quiero saber es si hay algun tipo de ayuda para las personas mayores de 52 años que cobran la renta agraria y por algun motivo no han reunido los jornales,si o no?
Gracias
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RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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Si no cumples las condiciones del subsidio de mayores de 52 que es la única ayuda que exime de realizar las jornadas, y no tienes jornadas suficientes... no tienes derecho a ninguna ayuda de SEPE.
Si vives en Andalucía existe una ayuda de "Ingreso mínimo de solidaridad". Los beneficiarios son:
Serán personas beneficiarias del citado Programa las unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:
Estar constituidas de forma estable, con un año de antelación, como mínimo, a la fecha de la presentación de la solicitud, salvo en los casos de matrimonio, nacimiento de hijo o adopción, y ruptura familiar suficientemente acreditada.
Estar todos sus miembros empadronados como residentes en un mismo domicilio, ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, podrán admitirse excepciones a la residencia continuada cuando estén motivadas por causas de trabajo o análogas, así como por fuerza mayor.
Disponer de unos recursos mensuales inferiores a la cuantía del Ingreso Mínimo de Solidaridad, calculada conforme establece el artículo 6.1 del Decreto 2/1999, si bien tomando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional vigente en la fecha de presentación de la solicitud.
Salu2.
Juan:
Ok,pero si lo unico que quiero saber es si hay algun tipo de ayuda para las personas mayores de 52 años que cobran la renta agraria y por algun motivo no han reunido los jornales,si o no?
Gracias
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RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por María José:
Hola mi pregunta es, estoy en el régimen agrario antiguo, pero con una excepción, yo necesito 30jornadas reales para que no me den de baja en la seguridad social, cuando cumpla los 52años necesitaría seguir reuniendo las 30jornadas que me pide S.S muchas Gracias
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RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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Por lo que leo de la ayuda para mayores de 52 años, no exige jornadas, así que imagino que no te excluyen del régimen.
Eso sí, leyendo la página de la Seguridad Social, no queda muy claro:
Para quedar incluido durante los períodos de inactividad será requisito necesario que el trabajador haya realizado un mínimo de 30 jornadas reales en un período continuado de 365 días y que solicite expresamente la inclusión dentro de los tres meses naturales siguientes al de la realización de la última de dichas jornadas.
Se computarán todas las jornadas reales efectuadas por el trabajador en el período indicado, incluidas las prestadas en un mismo día para distintos empresarios. Se asimilarán a jornadas reales los días en que el trabajador se encuentre en situaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, percepción de prestación por desempleo y los días en que se encuentre en alta en algún régimen de la Seguridad Social como consecuencia de programas de fomento de empleo agrario.
Así que, para asegurarte, acude a la Seguridad Social y consulta.
Salu2.
María José:
Hola mi pregunta es, estoy en el régimen agrario antiguo, pero con una excepción, yo necesito 30jornadas reales para que no me den de baja en la seguridad social, cuando cumpla los 52años necesitaría seguir reuniendo las 30jornadas que me pide S.S muchas Gracias
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RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por sergio:
en caso de que me lo sigan denegando en enero al subir el salario minimo ya no me pasaria ¿tendria que esperar a noviembre del 2018 para solicitarlo de nuevo o lo puedo hacer ya?
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RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 6 Años, 11 Meses
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En cualquier momento que cumplas los requisitos económicos, puedes solicitar la ayuda.
Salu2.
sergio:
en caso de que me lo sigan denegando en enero al subir el salario minimo ya no me pasaria ¿tendria que esperar a noviembre del 2018 para solicitarlo de nuevo o lo puedo hacer ya?
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