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Subsidio especial de los 52 años del REASS
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Subsidio especial de los 52 años del REASS
#196353
RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 4 Años Karma: 20
Comentario enviado por María Teresa:

Hola, estoy cobrando el Subsidio Especial Agrario para mayores de 52 (vengo del paro antiguo como se suele decir) Por desgracia mi padre falleció y ya he presentado toda la documentación en el Sepe. Tengo un 25% de una casa de la que mi madre tiene el usufructo vitalicio, la nuda propiedad de una mitad indivisa de otra casa(actualmente mi domicilio) y una cantidad de dinero. Según éstos datos el SEPE me suspendería el Subsidio Agrario durante un año? Saludos
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#196357
RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 4 Años Karma: 60
La nuda propiedad de un bien, no genera rentas ni ganancias patrimoniales, no afecta.

Si has heredado más cosas, afectará.

Salu2.

María Teresa:
Hola, estoy cobrando el Subsidio Especial Agrario para mayores de 52 (vengo del paro antiguo como se suele decir) Por desgracia mi padre falleció y ya he presentado toda la documentación en el Sepe. Tengo un 25% de una casa de la que mi madre tiene el usufructo vitalicio, la nuda propiedad de una mitad indivisa de otra casa(actualmente mi domicilio) y una cantidad de dinero. Según éstos datos el SEPE me suspendería el Subsidio Agrario durante un año? Saludos
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#196361
RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 4 Años Karma: 20
Comentario enviado por María Teresa:

Sí, he heredado un 25% de otra casa de la que mi madre tiene el usufructo y un dinero, mi duda es ¿Se suspende el Subsidio Especial Agrario para mayores de 52 años de Andalucía durante un mes o durante un año?

www.tucapital.es:
La nuda propiedad de un bien, no genera rentas ni ganancias patrimoniales, no afecta.

Si has heredado más cosas, afectará.

Salu2.
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#196369
RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 4 Años Karma: 60
Existe información contradictoria al ese respecto. Nosotros creemos que es el año de la percepción de la herencia, ya que al tratarse de un ingreso puntual, hay que prorratearlo a 12 meses. Si una vez hecho eso, no cumples, pierdes el año de la ayuda.

Pero hemos leído de gente que dice que sólo es el mes de la percepción.

Lo mejor es que consultes a SEPE.... y si después no cuentas lo que te dijeron, pues nos ayudaría a responder mejor a otros usuarios.

Salu2.

María Teresa:
Sí, he heredado un 25% de otra casa de la que mi madre tiene el usufructo y un dinero, mi duda es ¿Se suspende el Subsidio Especial Agrario para mayores de 52 años de Andalucía durante un mes o durante un año?
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#196430
RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 4 Años Karma: 20
Comentario enviado por María Teresa:

Hola, consultando al SEPE me dicen que es un Subsidio "Especial" Agrario para mayores de 52 años y computa en doce meses. O sea, que si recibes una herencia y te pasas del tope de ingresos automáticamente la Resolución es Extinción. Por lo que hasta que no pase un año no puedes volver a cobrarlo. Saludos

www.tucapital.es:
Existe información contradictoria al ese respecto. Nosotros creemos que es el año de la percepción de la herencia, ya que al tratarse de un ingreso puntual, hay que prorratearlo a 12 meses. Si una vez hecho eso, no cumples, pierdes el año de la ayuda.

Pero hemos leído de gente que dice que sólo es el mes de la percepción.

Lo mejor es que consultes a SEPE.... y si después no cuentas lo que te dijeron, pues nos ayudaría a responder mejor a otros usuarios.

Salu2.
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#196433
RE: Subsidio especial de los 52 años del REASS hace 3 Años, 12 Meses Karma: 60
Eso era lo que me temía. Porque se prorratea a 12 meses ese ingreso. Pero debes de mirar si dividido esa herencia entre 12 y sumado al resto de tus ingresos (sin tener en cuenta el subsidio), supera el límite fijado.

Salu2.

María Teresa:
Hola, consultando al SEPE me dicen que es un Subsidio "Especial" Agrario para mayores de 52 años y computa en doce meses. O sea, que si recibes una herencia y te pasas del tope de ingresos automáticamente la Resolución es Extinción. Por lo que hasta que no pase un año no puedes volver a cobrarlo. Saludos
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