Comentario enviado por José Antonio López Jiménez:
Por estar afectado por un E.R.E. y por tener más de 55 años, la empresa (ERCROS) me incluye en el convenio especial del sistema de la Seguridad Social, según la orden TAS/2865/2003 y modificación de ésta TAS/3862/2004, pudiendo jubilarme anticipadamente a los 61 años.
En la actualidad tengo 56 años y percibo prestación de desempleo hasta el 29/12/2011
Respecto a lo especificado anteriormente, me surge la duda de que una vez implantada la reforma laboral no me sea posible jubilarme con la edad prevista, les agradecería que me informaran sobre esta posibilidad.
Reciban un saludo, quedando muy agradecido por su información.