Buenas tardes, he leido en la revista DERECHO del 25.03.01,(Aprobado el Proyecto de Ley de Reforma del sistema de pensiones)en el apartado JUBILACION ANTICIPADA que se establece la modalidad de
- la que deriva del cese en el trabajo por causa no imputable al trabajador:
Que se permite la jubilación anticipada siempre que se acredite un mínimo de cotización de 33 años. La cuantía de la pensión se minorará con aplicación de los coeficientes reductores del 1,875 por 100 por trimestre para los trabajadores con menos de 38 años y 6 meses cotizados, y del 1,625 por 100 por trimestre para los trabajadores con 38 años y 6 meses cotizados o más.
Por causa no imputable al trabajador los requisitos serán los siguientes:
- Tener 61 años.
- Encontrarse inscrito en las oficinas de empleo como demandante de empleo.
- A efectos del periodo de cotización, se computará como cotizado a la Seguridad Social el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año.
- Despido consecuencia de una situación de crisis o cierre de la empresa que impida la continuidad de la relación laboral (despido colectivo por causas económicas autorizado por la autoridad laboral: despido objetivo por causas económicas, extinción del contrato por resolución judicial, muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o extinción de la personalidad jurídica del contratante, o por fuerza mayor y extinción de la relación laboral de la mujer a consecuencia de ser víctima de la violencia de género.
Sobre este ultimo punto veo que no se contempla el DESPIDO IMPROCEDENTE, que es tambien una causa no imputable al trabajador
Yo estoy en este caso.Tengo 58 años y el mes que viene se me acaba el paro de 24 meses. Tengo cotizados 42 años y mi deseo seria jubilarme a los 61 años, pero segun lo anterior no seria posible antes los 63 y con reduccion.
Quizas tambien la jubilacion anticipada a los 61 se hara progresiva hasta los 63, como la jubilacion de los 65 a los 67 años ??, es decir que a lo mejor me podria jubilar a los 61 y meses
Ruego respuesta
Gracias y un saludo