Comentario enviado por Aroldan:
Me despidieron por motivos objetivos económicos el 23/07/2012. El juzgado de lo social, previa conciliación ante el secretario judicial, dictamino despido improcedente. Quisiera saber, si es tan amable, si me puedo jubilar a los 61 años ( fecha nacimiento : 01/10/1958 , años cotizados a fecha de hoy 27 años y tres meses ). Pienso suscribir, cuando acabe la prestación por desempleo, un convenio con la seguridad social por la base máxima (3262 €)hasta la fecha de jubilacion anticipada a los 61 años. En caso de poderme jubilar ¿con qué penalización! si me júbilo el 01/07/2020?.¿cobrare el subsidio de desempleo mayores de 55 años durante el periodo 1/10/2019 a 01/07/2020. Gracias.