RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por Jerónimo:
Hola,tengo el subsidio por cargas familiares de 426 €.Ahora , con 52 años me contrata una empresa a tiempo parcial por 3 meses.Firmo el Viernes 10 el contrato con fecha 01.Curiosamente , hoy me dicen que me echan y que me enviarann los papeles para solicitar el paro.Es preferible solicitar el subsidio para mayores de 52? o continuar con el que tenia. Gracias.
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RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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Es mejor solicitar el subsidio para mayores de 52 años, ya que esta ayuda además de los 426€ mensuales, te cotizan por la contigencia de jubilación.
Salu2.
Jerónimo:
Hola,tengo el subsidio por cargas familiares de 426 €.Ahora , con 52 años me contrata una empresa a tiempo parcial por 3 meses.Firmo el Viernes 10 el contrato con fecha 01.Curiosamente , hoy me dicen que me echan y que me enviarann los papeles para solicitar el paro.Es preferible solicitar el subsidio para mayores de 52? o continuar con el que tenia. Gracias.
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RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por fernando g.pacheco:
Me quedan 5 meses para mi jubilación, estoy acogido al Convenio Especial (prejubilado banca), mi pregunta es: si van a umentar el periodo de calculo de 15 a 25 años, puedo evitarlo jubilandome 5 meses antes para evitar me afecte l ampliación, que penalización tendria?. Tambien saber si lo aprueban en Diciembre 2010, cuando entran en vigor los decretos, me afectaria cumpliendo los 65 en Mayo 2011. Gracias
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RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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Lo más seguro es que no le vaya a afectar la reforma de la pensión ya que aún no está aprobada y si lo aprueban entrará en vigor de forma progresiva.
De cualquier forma si se quiere prejubilar antes, tendrá una penalización en su pensión entorno al 6%.
Salu2.
fernando g.pacheco:
Me quedan 5 meses para mi jubilación, estoy acogido al Convenio Especial (prejubilado banca), mi pregunta es: si van a umentar el periodo de calculo de 15 a 25 años, puedo evitarlo jubilandome 5 meses antes para evitar me afecte l ampliación, que penalización tendria?. Tambien saber si lo aprueban en Diciembre 2010, cuando entran en vigor los decretos, me afectaria cumpliendo los 65 en Mayo 2011. Gracias
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RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por fernando g.pacheco:
Hola,me indican que la ultima cuota previa a la jubilación no hace falta ingresarla, porque no la computan para el cálculo,es así?, gracias
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RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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¿Quién te indican eso?
Yo me imagino que tienes que pagar todas las cuotas y computan las cuotas de los últimos 15 años.
salu2
fernando g.pacheco:
Hola,me indican que la ultima cuota previa a la jubilación no hace falta ingresarla, porque no la computan para el cálculo,es así?, gracias
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RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por Isabel:
Cobro el subsidio para mayores de 52 años y para aumentar mi base de cotización para mi jubilación me he adherido a un convenio especial. Cuando me llegue el momento de jubilarme, ¿se sumarán las dos bases de cotización? (cotización por subsidio más cotización convenio especial).
Por otro lado, quisiera saber por favor, si el importe anual que pago por el convenio especial se puede deducir de los gastos en la declaración de la renta.
En la declaración correspondiente al 2009, no lo he puesto porque no lo he encontrado en el impreso y no lo tenia claro.
Muchas gracias por una respuesta.
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RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 13 Años, 11 Meses
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Efectivamente, se sumará ambas bases, y lo que cotices al convenio sí que se puede deducir en la declaración de la renta.
Se consideran gastos fiscalmente deducible de los rendimientos del trabajo.
Salu2.
Isabel:
Cobro el subsidio para mayores de 52 años y para aumentar mi base de cotización para mi jubilación me he adherido a un convenio especial. Cuando me llegue el momento de jubilarme, ¿se sumarán las dos bases de cotización? (cotización por subsidio más cotización convenio especial).
Por otro lado, quisiera saber por favor, si el importe anual que pago por el convenio especial se puede deducir de los gastos en la declaración de la renta.
En la declaración correspondiente al 2009, no lo he puesto porque no lo he encontrado en el impreso y no lo tenia claro.
Muchas gracias por una respuesta.
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