RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 11 Meses
|
Karma: 20
|
Comentario enviado por Jesús Albeiro Ramirez:
Hola buenas, yo queria haceros la siguiente consulta: en febrero cumplo 52 años y ya e cobrado todo desde el paro, el subsidio y la rai, ahora no tengo trabajo y no se si tengo derecho a alguna otra ayuda por parte del gobierno español puedo solicitar alguna otra ayuda, e cotizado 3 años en españa, por su respuesta y atención muchas gracias.
|
|
|
|
|
RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 11 Meses
|
Karma: 60
|
Debes de esperar hasta que cumpla 12 meses desde la última vez que cobró la RAI para solicitar otra RAI.
Se puede cobrar hasta 3 veces la RAI.
La ayuda de mayores de 52/55 años no tienes derecho por la información que aportas.
Salu2.
Jesús Albeiro Ramirez:
Hola buenas, yo queria haceros la siguiente consulta: en febrero cumplo 52 años y ya e cobrado todo desde el paro, el subsidio y la rai, ahora no tengo trabajo y no se si tengo derecho a alguna otra ayuda por parte del gobierno español puedo solicitar alguna otra ayuda, e cotizado 3 años en españa, por su respuesta y atención muchas gracias.
|
|
|
|
|
RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 11 Meses
|
Karma: 20
|
Comentario enviado por ANDRES:
Hola, ruego me informen, documentacion que tengo que aporta al INSS para solicitar prestacion si continuo de baja (IT) una vez finalizada la prestacion contributiva. Cuantia que percibiria y si cotiza esta prestacion para jubilación.
Gracias y saludos
|
|
|
|
|
RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 11 Meses
|
Karma: 60
|
Tu DNI y además:
- Trabajador por cuenta ajena del Régimen General: certificación de la/s última/s empresa/s en la que ha trabajado.
- Trabajador por cuenta propia: justificante de pago de cuotas de los tres últimos meses.
- Para los artistas y profesionales taurinos: declaración de actividades (TC 4/6) y justificante de actuaciones (TC4/5) que no hayan sido presentados en la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Representantes de comercio: justificantes del pago de cuotas de los tres últimos meses (TC 1/3).
Datos médicos:
- Partes de baja y confirmación de la baja.
- Si el trabajador procede de pago delegado, parte/s de confirmación siguiente/s al último que abonó la empresa.
- Si se ha producido el alta médica, parte médico de alta.
- Parte de accidentes de trabajo o enfermedad profesional (AT y EP ), cumplimentado por la empresa, en su caso.
DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL:
Si la extinción se produce en los 15 primeros días de la incapacidad temporal: contrato de trabajo y prórrogas.
En caso de despido: carta de despido, acta de conciliación o sentencia.
OTRA DOCUMENTACIÓN:
Declaración de situación de actividad, sólo para los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Libro de familia y certificado de discapacidad con el grado reconocido, en los supuestos de extinción de la relación laboral, con los hijos a tener en cuenta para aplicar los topes de desempleo contributivo.
Empresa de menos de 10 trabajadores: es necesaria una comunicación previa a la solicitud, con una antelación mínima de 15 días, de que la empresa traslada al INSS su obligación de pago directo a partir del día 1º del mes natural siguiente.
ANDRES:
Hola, ruego me informen, documentacion que tengo que aporta al INSS para solicitar prestacion si continuo de baja (IT) una vez finalizada la prestacion contributiva. Cuantia que percibiria y si cotiza esta prestacion para jubilación.
Gracias y saludos
|
|
|
|
|
RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 11 Meses
|
Karma: 20
|
Comentario enviado por Angeles:
Estoy apuntada al paro y el ultimo cellado para cumplir un años y cobrar el RAI es un febrero, tengo una menor a mi cargo y solo 360 de pension de alimentos,,, tengo 54 años ,, tengo derecho a una pension si tengo mas de 10 años cotizados.?
|
|
|
|
|
RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 11 Meses
|
Karma: 60
|
Podrías pedir una PNC cuando tengas la edad de jubilación:
- www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/p...utiva-de-jubilacion/
Salu2.
Angeles:
Estoy apuntada al paro y el ultimo cellado para cumplir un años y cobrar el RAI es un febrero, tengo una menor a mi cargo y solo 360 de pension de alimentos,,, tengo 54 años ,, tengo derecho a una pension si tengo mas de 10 años cotizados.?
|
|
|
|
|
RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 11 Meses
|
Karma: 20
|
Comentario enviado por ANDRES:
Cobrando el paro me han dado la incapacidad temporal y se me ha acabado el paro y continuo de baja, he solicitado a la seguridad social el pago directo de incapacidad temporal.En esta situacion la seguridad social cotiza para la jubilacion?. Podria contratar el convenio especial si no cotiza para la jubilacion?.
Gracias y un saludo.
|
|
|
|
|
RE: Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años hace 8 Años, 10 Meses
|
Karma: 20
|
Comentario enviado por Gines:
Hola me despidieron en abril de 2014 con 52 años y ahora cobro el paro y se me acaba en abril de 2016 con 54 años llevo cotizados hasta el momento del despido 33 años, ahora me pregunto si tendré alguna ayuda cuando se me acabe el paro, pues a estas edades nadie casi te quiere en una empresa, estoy recién separado. Gracias
|
|
|
|
|
|