Comentario enviado por BETAORTARPE:
Hola,tengo varias preguntas y son las siguientes:
1) Una vez terminado la percepción por desempleo y no te conceden el subsidio para mayores de 52 años ¿se puede acogerse al convenio especial de la SS? ¿hay un plazo para acogerse al convenio?
2) Como he presentado una reclamación previa,y si luego me reconocen ¿cuando empieza a pagar el INEM el 125% del SMI?
¿Hay puede haber un periodo que yo he pagado integro el costo del convenio especial y posteriormente si me conceden el subsidio en el que el INEM debiera de haber pagado el 125% de SMI?
3) Una vez acogido al convenio especial se debe permanecer en un periodo determinado o ¿se puede dejar el convenio en el momento que de la gana?
4) El costo por la cotizacion en convenio especial aminora las rentas a la hora de hacer el cáculo para saber si tienes derecho al subsidio para mayores de 52 años?
No sé si se entienden las preguntas, espero que si, Gracias anticipadas y saludos