CONDICIÓN DE MUTUALISTA hace 13 Años, 7 Meses
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Alguien me puede informar si la condición de mutualista cotizante con anterioridad 1967 se mantendrá para los que nos jubilemos a los 60 años con anterioridad al 2013.
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Re: CONDICIÓN DE MUTUALISTA hace 13 Años, 7 Meses
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Salvo que hayas comenzado a trabajar con 14 años, esa condición ya no tendría valor.
De cualquier forma, el anteproyecto no dice nada sobre esta condición por lo que más probable es que ya no estará.
Salu2.
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Re: CONDICIÓN DE MUTUALISTA hace 13 Años, 7 Meses
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GuiaFiscal escribió:
Salvo que hayas comenzado a trabajar con 14 años, esa condición ya no tendría valor.
De cualquier forma, el anteproyecto no dice nada sobre esta condición por lo que más probable es que ya no estará.
Salu2.
Si que comencé a trabajar con 14 años, y cumplo los 60 años en diciembre de este año, por eso mi pregunta si la nueva ley me afectara, ya que teóricamente las reformas se comenzarían a aplicar en el año 2013 y yo me quiero jubilar en el 2011.
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Re: CONDICIÓN DE MUTUALISTA hace 13 Años, 7 Meses
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Acabo de leer esto en el anteproyecto
Quienes tuvieran la condición de mutualista el 1 de enero de 1967 podrán causar el derecho a la pensión de jubilación a partir de los 60 años. En tal caso, la cuantía de la pensión se reducirá en un 8 por 100 por cada año o fracción de año antes de la edad de jubilación. Se mantiene la jubilación parcial a los 61 años, si bien la cotización será íntegra tanto para el trabajador relevista como para el relevado.
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