Los siguintes subsidios/prestaciones/ayudas son los que tienen derecho los parados.
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Pretación de desempleo, el paro de toda la vida: básicamente tienes que haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.
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Subsidio de desempleo: Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días y trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
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Subsidio de 420€ para desempleados sin paro: Quedado sin paro o subsidio desde el 1 de enero de 2009 hasta el 15 de agosto de 2010.
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Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: Mayor de 52 años y cumpliendo todas las condiciones para recibir la jubilación pero sin haber cumplido la edad.
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RAI: Renta Activa de Inserción: Paro de larga duración y mayor de 45 años o situación especial.
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El Paro para los autónomos - Anteproyecto de ley: aún no está en vigor.
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Subsidio para emigrantes retornados: emigrantes retornados a España.
Salu2.