Comentario enviado por FRAN:
Hola, os escribo para pediros el sitio exacto donde puedo encontrar la literalidad de "Si la jornada se distribuye en 5 o más días de trabajo a la semana, el periodo de cotización será equivalente al periodo de duración del contrato o de vigencia de la relación laboral. Si la jornada se distribuye en menos de 5 días de trabajo a la semana, se multiplicará el total de días de prestación de servicio por el coeficiente 1,4. ", ya que he buscado en varias webs el Real Decreto que se cita, y no me aparece este apartado.
Gracias y saludos.