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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#105567
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por javier:

NO SE SI ME HAS RESUELTO MI DUDA O TODAVIA TENGO MAS, YA QUE SI RESCATO UN PLAN DE PENSIONES EN DICIEMBRE DE 2013, POR EJEMPLO, ¿TENGO QUE DEVOLVER TODO EL SUBISIDIO DESDE 1-1-1-2013 HASTA 31.12.2013?. ENTONCES SI ME TOCA LA LOTERIA (QUE NO SE SI ME VA A TOCAR EN ENERO 2013) EN DICIEMBRE 2013 O PERCIBO UNA HERENCIA(QUE NO SE SI HEREDARE EN ENERO 2013)QUE ME HAGA NO TENER DERECHO AL SUBSIDIO¿TENGO QUE DEVOLVER TODO EL AÑO 2013?. YO PENSABA QUE ERA EL MES QUE COBRASE(COMUNICANDOLO AL SEPE) Y A CONTINUACION PEDIR LA REANUDACION DEL SUBSIDIO, CASO DE QUE LO PERCIBIDO NO SE INVIERTA Y PASE DEL IMPORTE PARA PERCIBIR EL SUBSIDIO

javier:
percibo a dia de la fecha subsidio para mayores de 52 años.Pago un convenio especial.Quiero jubilarme en marzo del año que viene con 63 años cumnplidos y 47 cotizados.Si rescato el plan de pensiones de 20.000.- euros que tengo en Diciembre de este año¿Pierdo el subsidio desde diciembre de 2012 hasta marzo de 2013, que es cuando me jubilo o por el contrario lo pierdo en el mes de Diciembre 2012 y luego en Enero de 2013 lo recupero hasta la Jubilacion em Marzo de 2013?. Mi pregunta es debido a que un amigo me dice que tendría que devolver todo el año 2012
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#105768
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Jose Regino Rodriguez:

Tengo 63 años(fecha de nacimiento 03.02.1950) con 47 años cotizados
Estoy afectado por un ERE desde junio de 2011 y cobrando la prestaión por desempleo hasta ahora que ya se acaba. En el ERE figura que me tengo que jubilar a los 64(03.02.2014)
En un supuesto que me han hecho sobre mi pensión en 2014, me sale 2.617,50.
Mi pregunta es la siguiente:
¿puedo jubilarme antes de esa fecha, puesto que tengo margen, con la pensión máxima 2.548,12,? ¿cuanto pierdo cada mes que lo haga antes del 03.02.2014?
Gracias
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#105817
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Eduardo Palacio:

Hola: Nací el 16 de marzo de 1956 En la actualidad Soy trabajador en excidencia de forzosa con reserva de plaza en la Comunidad de Madrid.
Trabajo como cargo público de confianza y boy ha volver a mi puesto de trabajo
Me quiero prejuvilar los 61 años y 36 años cotizados ¿Tengo derecho a ello? si nó lo tengo que inconvenientes exixten.
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#105891
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por antonio garcia:

Hola tengo 58 años estoy cobrando la ayuda de mayores de 52, 426 euros, me podria jubilar a los 61 años o me tengo que jubilar a los 61 años forzosamente por la nueva Ley, y si fuese asi de estas dos formas, que me descontarian?
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#105902
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por José Ignacio:

Tengo dos dudas sobre la Jubilación Anticipada Involuntaria (o Forzosa):
JUBILACION ANTICIPADA INVOLUNTARIA : Con el RD-Ley 5/2013, ¿es obligatorio acceder a la Jubilación Anticipada Involuntaria a los 61 años (o, en su caso, 4 años antes de lo que corresponda a la jubilación ordinaria) si se está cobrando el Subsidio de desempleo para mayores de 55 años?. En mi caso particular el motivo del despido no obedece a un ERE ni a causas económicas, técnicas, organizativas ni de producción; en la carta de despido la empresa asumía que era un despido improcedente y me abonó lo legalmente estipulado (en mi caso 45 días por año trabajado).
COTIZACIÓN A LA SOMBRA: No acabo de entender cómo se aplica la denominada "Cotización a la sombra" en casos de Jubilación Anticipada (involuntaria o voluntaria). Los datos de mi caso son:
JUBILACION ANTICIPADA FORZOSA con FECHA: MAYO 2018
• Edad: 62 años + 2 meses (4 menos que la Jubilación ordinaria (66 años + 2 meses))
• Años cotizados: 33 años y 6 meses mínimo 33 años
• Coeficiente cotización menor de 38 años: 0,9218 ((0,9104 + 0,9332)/2)
• Coeficiente edad: 0,70 (menos de 38,5 años cotizados: 7,5 % por año)
• Producto coeficientes: 0,6453
• Meses de cotización para cálculo de la pensión en 2018: 245 meses
• En 2018 (jubilación anticipada) Base reguladora: Br: 2.464 €
• Pensión con producto de coeficientes: 1.590 €
• En 2022 (jubilación ordinaria) Base reguladora: Br: 2.522 €
• Cotización a la sombra: 0,92 (máxima reducción por coeficientes: 2% por año de anticipo)
• ¿¿??Máxima pensión (cotización a la sombra)
¿Cómo aplico en mi caso el límite de la "cotización a la sombra"
GRACIAS
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#106150
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Quelme:

tengo 60 anos me voy a jubilar en francia con una pension a 100/100 he cotizado 43 anos
Del ano 2000 al 2006 he trabajado en Bracelona y he cotizado al systema Espanol .
Cuando puedo pretendar cobrar la pension por estos 6 anos que he trabajado en Espana
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#106465
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 5 Meses Karma: 60
En España nada de nada.

Contará los años cotizados aquí para tu pensión de Francia.

Salu2.

Quelme:
tengo 60 anos me voy a jubilar en francia con una pension a 100/100 he cotizado 43 anos
Del ano 2000 al 2006 he trabajado en Bracelona y he cotizado al systema Espanol .
Cuando puedo pretendar cobrar la pension por estos 6 anos que he trabajado en Espana
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#106468
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 5 Meses Karma: 60
Te puede jubilar a los 61.

En cuanto a si te obligarán jubilarte forzosamente... pues no te se decir seguro, ya que tu estás en la anterior ley, y esta obligatoriedad lo ha sacado ahora, y no te debería de afectar, pero como digo, no te lo aseguro.

Salu2.

antonio garcia:
Hola tengo 58 años estoy cobrando la ayuda de mayores de 52, 426 euros, me podria jubilar a los 61 años o me tengo que jubilar a los 61 años forzosamente por la nueva Ley, y si fuese asi de estas dos formas, que me descontarian?
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