Comentario enviado por JCD:
Aún a riesgo de reiteración, les rogaría aclaración sobre los siguientes conceptos.
-Los despidos producidos con anterioridad a la nueva ley del 04/2013, que podemos acogernos a las antiguas normas tanto de edad como de coeficientes reductores, ¿Tienen caducidad hasta el 01/01/ 2019?,y por lo tanto ya no serían aplicables, o estoy equivocado?.
- Los que tenemos concedido el convenio de mayores de 55 años, ahora nos indican dicho subsidio se suspenderá hasta la primera edad que de derecho a una pensión de jubilación(anteriormente hasta la edad ordinaria, la mayoría de los beneficiarios actuales dicha edad estaría en los 61 años, dependiendo de los años cotizados), Pero ¿es posible renunciar a dicho subsidio y seguir cotizando para que no se penalice tanto el importe final de la jubilación?.
Muchas gracias por el foro y por sus contestaciones.