jubileta escribió:
Hola,
En Enero cumplo 61 años y hace 3 años mi empresa de toda la vida cerró y nos obligó a quedarnos sin trabajo. He agotado el paro y empecé a cotizar por mi cuenta, pero este verano encontré un trabajo por 3 meses (contrato de finalización de obra) y cuando terminó volví a cotizar hasta el mes de diciembre con la intención de jubilarme anticipadamente.
Ahora recibo la contestación donde me indican que no puedo jubilarme hasta los 63 años, ya que según ellos la posibilidad que tenía de jubilarme a los 61 años por el cierre de la empresa la he perdido por trabajar 3 meses!!!.
Alguién me puede ayudar o aconsejarme por donde moverme ya que actualmente con mi edad me es muy difícil encontrar empleo y ahora me obligan a cotizarme 2 años más. Y todo esto por querer trabajar, ya que entiendo que están incentivando a no trabajar al penalizarme por éllo.
Muchas gracias a todos de antemano.
Lo que te han dicho, es que te podías haber jubilado con la legislacion anterior, pero al trabajar tres meses ya no puedes.
Esto biene reflejado en el art 8a del RD 5/2013.
Lee todo el real decreto ley para que sepas de que se va la JUBILACION anticipada.
noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdl5-2013.html#a5