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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#119351
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 60
Creo que te suman las 2 cotizaciones y te pagan 1 única pensión, aquí en España.

Vete a la Seguridad Social y consulta cómo será tu pensión; porque puede que esté equivocado.

Salu2.

Bea:
Buenas tardes, me despidieron de un trabajo de jornada completa en Abril de 2008, fue un despido improcedente y me pagaron la liquidación correspondiente, cobre el paro durante 21 meses y luego pasé a cobrar la ayuda para mayores de 52 años que lo tengo concedido hasta mi jubilación en el 2017. Al mismo tiempo tengo un contrato de 6 horas semanales de limpieza que compagino con la ayuda, cobrando solamente la parte proporcional de la ayuda. Voy a cumplir 62 años a finales de este mes de Febrero y tengo derecho a solicitar la parte de mi pensión que mi toca del Reino Unido donde tengo cotizados 15 años. Ahora mismo en España tengo cotizados 24 años y medio haciendo un total de 39 años y medio cotizados en los dos países.
Posiblemente voy a perder el trabajito de 6 horas semanales, pero si reanudo la ayuda de 426€ no puedo solicitar la pensión del Reino Unido porque tengo que solicitarla desde aquí, España, el último país del trabajo.

Como tengo entre los 2 países 39 años y medio cotizados, puedo solicitar la jubilación anticipada aquí y al mismo tiempo la del Reino Unido, y a que edad ?
Gracias
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#119387
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Juan:

Ahora mismo tengo 56 años y cobro el subsidio. Si la situación continúa así y no encuentro trabajo, me obligarían a jubilarme a los 61 años (en la actualidad tengo 40 años cotizados) es decir en el 2018, para el cálculo de la pensión tomarían las bases de cotización de los últimos 21 años. ¿Estoy en lo cierto?

Según tengo entendido a partir de este año se va aumentando en un año los últimos en tenerse en cuenta para la pensión, hasta llegar al 2022 que se tendrían en cuenta los últimos 25.

Gracias.
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#119405
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por JOSE:

En primer lugar muchas gracias por vuestra ayuda.
Tengo 52 años y fui despedido en Julio de 2013, por causas objetivas,( causa en la carta de despido, concepto de baja en la S. Social), reclamado al SMAC, nos abonaron algo mas pero sin llegar al tope del despido improcedente y para que esas cantidades fueran exentas en el IRPF, se reconoció por parte de la empresa la improcedencia del despido.
Tengo cotizados en la actualiadad 31.5 años cotizados, mas el paro ( igual a 2 años).Total 33.5 años Mi pregunta es:
Si no encuentro trabajo y realizo un convenio con ls S.S para cubrir los años que faltan, me podre jubilar a los 61 años, por despido por causas objetivas.
De nuevo muchas gracias, y un saludo.
anonimo
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#119406
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por JOSE:

Perdon, se me ha olvidado decir, que son causas económicas, empresa en Liquidación, concurso de Acreedores.
Segunda pregunta:
Si me doy de alta en autónomos para unos pequeños trabajos de duración máxima de un año y luego vuelvo a la prestación de desempleo, en que cambia mi situación de cara a la futura pension.
Muchas gracias
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#119426
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por efrain vergara calderon:

ESTOY INTERSADO EN CONOCER LA ULTIMA LEGISLACION EN COLOMBIA-

LES AGRADEZCO EN LO QUE ME PUEDAN COLABORAR
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#119469
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 60
Depende, si llevas en paro desde antes de abril de 2013, se toma los últimos 15 años.

Si es después, los útimos 21 o 25 a elegir:

- www.preguntasfrecuentes.net/2013/06/17/t...iones-de-jubilacion/

Salu2.

Juan:
Ahora mismo tengo 56 años y cobro el subsidio. Si la situación continúa así y no encuentro trabajo, me obligarían a jubilarme a los 61 años (en la actualidad tengo 40 años cotizados) es decir en el 2018, para el cálculo de la pensión tomarían las bases de cotización de los últimos 21 años. ¿Estoy en lo cierto?

Según tengo entendido a partir de este año se va aumentando en un año los últimos en tenerse en cuenta para la pensión, hasta llegar al 2022 que se tendrían en cuenta los últimos 25.

Gracias.
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#119472
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 60
No, el despido fue improcedente, así que tu edad de jubilación más pronta será 2 años antes de tu edad legal de jubilación.

Además como no alcanzas la edad mínima para poderte jubilar anticipadamente, tendrás que esperar a tu edad legal:

- www.preguntasfrecuentes.net/2013/06/17/t...iones-de-jubilacion/

Salu2.

JOSE:
En primer lugar muchas gracias por vuestra ayuda.
Tengo 52 años y fui despedido en Julio de 2013, por causas objetivas,( causa en la carta de despido, concepto de baja en la S. Social), reclamado al SMAC, nos abonaron algo mas pero sin llegar al tope del despido improcedente y para que esas cantidades fueran exentas en el IRPF, se reconoció por parte de la empresa la improcedencia del despido.
Tengo cotizados en la actualiadad 31.5 años cotizados, mas el paro ( igual a 2 años).Total 33.5 años Mi pregunta es:
Si no encuentro trabajo y realizo un convenio con ls S.S para cubrir los años que faltan, me podre jubilar a los 61 años, por despido por causas objetivas.
De nuevo muchas gracias, y un saludo.
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#119473
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 5 Meses Karma: 60
El despido se reconoció que fue improcedente.

Salu2.

JOSE:
Perdon, se me ha olvidado decir, que son causas económicas, empresa en Liquidación, concurso de Acreedores.
Segunda pregunta:
Si me doy de alta en autónomos para unos pequeños trabajos de duración máxima de un año y luego vuelvo a la prestación de desempleo, en que cambia mi situación de cara a la futura pension.
Muchas gracias
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