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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#120463
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 8 Meses Karma: 60
Y los coeficientes reductores también de la anterior ley:

- www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/j...es-de-la-jubilacion/

Salu2.

Juan:
Hola, tengo 58 años y 40 cotizados, en Julio del 2012 me hicieron un despido improcedente, estoy cobrando el paro y se me acaba en Julio del 2014. Al parecer me puedo jubilar anticipadamente a los 61 años. Al calcular la pensión ¿cuantos años se tendrán en cuenta: los últimos 15 años o más?
Saludos
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#120466
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 8 Meses Karma: 60
Es que el subsidio se concede hasta la edad más pronta que tengas derecho a una pensión de jubilación, que en tu caso parece ser que es a los 61.

La cuantía de la pensión depende de muchas cosas. Utiliza la calculadora:

- www.tucapital.es/calculadoras/calculador...nsion-de-jubilacion/

Salu2.

conchi:
Hola, tengo 27 años cotizados + 2 de paro + 6 de subsidio (de los 52 años) lo tenia concedido hasta la jubilacion de 65 años, pero hoy me han dicho que la jubilación a los 61 años, ¿ cuanto me queda de pensión ? y por que me adelantan la jubilación, ahora tengo 58 años. muchas gracias por su ayuda.
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#121457
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 8 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Diego:

Hola buenas tardes, darles las gracias por la oportunidad que me dan.
Cumplí 58 años en Febrero pasado y tengo 35 años y seis meses cotizados. Mi pregunta sería la siguiente:
Podría jubilarme a partir de los 63 años, con el coeficiente reductor lógicamente? y por ultimo, se me aplicaría el concepto de esperanza de vida? pues parece ser que este punto es aplicable a partir del 2019, pero desde primero de ésta año?
Gracias anticipadas y espero sus noticias. Saludos
anonimo
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#121780
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 8 Meses Karma: 60
Tu edad de jubilaciónes es a los 66 años, así que te puede prejubilar voluntariamente a partir de los 64 años.

Saludos.

Diego:
Hola buenas tardes, darles las gracias por la oportunidad que me dan.
Cumplí 58 años en Febrero pasado y tengo 35 años y seis meses cotizados. Mi pregunta sería la siguiente:
Podría jubilarme a partir de los 63 años, con el coeficiente reductor lógicamente? y por ultimo, se me aplicaría el concepto de esperanza de vida? pues parece ser que este punto es aplicable a partir del 2019, pero desde primero de ésta año?
Gracias anticipadas y espero sus noticias. Saludos
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#121884
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Sebastopol52:

El próximo enero cumpliré 63 años, tengo más de 35 años cotizados y actualmente cobro el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, además de estar suscrito al Convenio Especial. Mi despido fue improcedente, en el año 2003.
Con esos datos, ¿podré jubilarme en enero del 2015?.. Lo intenté cuando justo cumplí los 61, en enero del 2013, pero me lo negaron porque estaba en suspenso el tema de las pre-jubilaciones hasta marzo en que entró en vigor no-sé-qué nueva ley.
Gracias.
anonimo
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#121967
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por manolo:

Buenos tardes,
tengo unas dudas, actualmente tengo 60 años cumplidos el 16/01/2014, me hicieron un despido objetivo por causas económicas, conforme al artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores el día 15/02/2013, estoy cobrando el paro actualmente, que se me acabará el 16/02/2015, a esta fecha del 16/02/2015 tendré 61 años y un mes cumplidos, la jubilación anticipada,que será a los 61 años y tres meses ó me puedo jubilar anticipadamente a los 61 años y un mes ó me faltarán dos meses más por cotizar, ..?? Tendré que pagarme un convenio especial con la S.S. para cubrir los dos meses que me faltan ¿Tendré que solicitar la ayuda para mayores de 55 años? A la fecha del 16/2/2015 tendré cotizados desde el 10/10/1972 al 16/02/2015 sin incluir el servicio militar 41 años y 2 meses.
Gracias por vuestros comentarios.
anonimo
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#122040
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 7 Meses Karma: 60
De hecho te podrías jubilar cuando quieras.

Saludos.

Sebastopol52:
El próximo enero cumpliré 63 años, tengo más de 35 años cotizados y actualmente cobro el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, además de estar suscrito al Convenio Especial. Mi despido fue improcedente, en el año 2003.
Con esos datos, ¿podré jubilarme en enero del 2015?.. Lo intenté cuando justo cumplí los 61, en enero del 2013, pero me lo negaron porque estaba en suspenso el tema de las pre-jubilaciones hasta marzo en que entró en vigor no-sé-qué nueva ley.
Gracias.
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#122042
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años, 7 Meses Karma: 60
Te puedes prejubilar a los 61 años, ya que tienes suficientes cotizaciones para poder prejubilarte a esa edad y cumples el resto de los requisitos.

Saludos.

manolo:
Buenos tardes,
tengo unas dudas, actualmente tengo 60 años cumplidos el 16/01/2014, me hicieron un despido objetivo por causas económicas, conforme al artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores el día 15/02/2013, estoy cobrando el paro actualmente, que se me acabará el 16/02/2015, a esta fecha del 16/02/2015 tendré 61 años y un mes cumplidos, la jubilación anticipada,que será a los 61 años y tres meses ó me puedo jubilar anticipadamente a los 61 años y un mes ó me faltarán dos meses más por cotizar, ..?? Tendré que pagarme un convenio especial con la S.S. para cubrir los dos meses que me faltan ¿Tendré que solicitar la ayuda para mayores de 55 años? A la fecha del 16/2/2015 tendré cotizados desde el 10/10/1972 al 16/02/2015 sin incluir el servicio militar 41 años y 2 meses.
Gracias por vuestros comentarios.
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