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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#132879
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 60
En 2020, tu edad de jubilación sería a los 65, así que si perdiste el empleo por causas objetivas, sí que te puedes prejubilar a los 61, pero te aplican la nueva ley.

2. No, hasta que trabajes al menos 3 o 6 meses.

Salu2.

Angel:
Hola, espero que me podais responder a las siguientes dudad que me aparecen con respesto a si me podre jubilar a los 61 años.
Decir que en estos momentos tengo 55 años y 31,3 meses cotizados a la S.S con un C.E en la S.S desde el 1.7.2012 , pues la empresa donde trabajaba cerro el 30.06.201o , por causas economicas.
Cobre los dos años de paro y cuando llege a los de mayores de 52 lo cambiaron a los 55 y ahora con 55 años me dicen que no me corresponde por el motivo de no cobrar ninguna prestación,as preguntas serian las siguientes.

1.-Me podre jubilar a los 61 años que sera en el 2020 y con 37,3 meses de contización con el convenio especial???

2.-Tengo derecho al subsidio de mayores de 55 pues no cobro ninguna prestación.
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#132891
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

Angel, es como te dice "Mejores depósitos Octubre 2014".
Como antes del 01/01/2019 no cumples 61 no puedes acogerte a la "ley antigua". Te aplicaran la "ley nueva" para lo que:
1.- El despido debe ser por causas económicas, técnicas organizativas o de producción, tanto colectivo (art. 51 ET) ó individual (art. 52c) del ET. En la carta de comunicación del despido debe ponerlo así explícitamente, si no NO vale (aunque sea improcedente)
2.- Tener cotizados 33 años (se incluye el Servicio Militar).
Como tienes un CE con la SS y pagas sus cuotas mensuales, quizás debes analizar su repercusión en tu pensión por si te interesa mantenerlo hasta el final y/o reducir las cuotas y/o eliminarlo los últimos años (cuando ya tengas los 33 años exigidos).

Angel:
Hola, espero que me podais responder a las siguientes dudad que me aparecen con respesto a si me podre jubilar a los 61 años.
Decir que en estos momentos tengo 55 años y 31,3 meses cotizados a la S.S con un C.E en la S.S desde el 1.7.2012 , pues la empresa donde trabajaba cerro el 30.06.201o , por causas economicas.
Cobre los dos años de paro y cuando llege a los de mayores de 52 lo cambiaron a los 55 y ahora con 55 años me dicen que no me corresponde por el motivo de no cobrar ninguna prestación,as preguntas serian las siguientes.

1.-Me podre jubilar a los 61 años que sera en el 2020 y con 37,3 meses de contización con el convenio especial???

2.-Tengo derecho al subsidio de mayores de 55 pues no cobro ninguna prestación.
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#133021
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 20
Comentario enviado por Angel:

Vuelvo a ser Angel, si trabajo como me dices tú de 3÷6 meses, ya no podria jubilarme a los 61 años,perderia esa clausula por despido, no??
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#133097
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 60
Si te vuelven a trabajar, lo que cuenta sería el último despido, y la forma de despido para poderte jubilar a los 61, y lógicamente sería bajo la nueva ley.

Salu2.

Angel:
Vuelvo a ser Angel, si trabajo como me dices tú de 3÷6 meses, ya no podria jubilarme a los 61 años,perderia esa clausula por despido, no??
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#133196
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 20
Comentario enviado por cati:

Naci el día 20/11/1952, estoy cotizando desde el día 12/03/1984, desearia saber la posible de mi jubilación.

Saludos
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#133197
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 20
Comentario enviado por cati:

Perdon por mi error, queria decir: Desearia saber la edad de mi jubilacion.

nuevamente gracias.
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#133256
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 60
A los 65 y 5 meses te puedes jubilar.

Salu2.

cati:
Naci el día 20/11/1952, estoy cotizando desde el día 12/03/1984, desearia saber la posible de mi jubilación.

Saludos
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#133257
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 10 Años Karma: 60
Ya me lo imaginaba.

Te aplican las condiciones transitorias de la nueva ley:

- www.preguntasfrecuentes.net/2013/06/17/t...iones-de-jubilacion/

Salu2.

cati:
Perdon por mi error, queria decir: Desearia saber la edad de mi jubilacion.

nuevamente gracias.
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