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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#65556
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 60
Creo que te acoges a la nueva ley, pero consultalo en la SEguridad Social

Salu2.

antonio:
antonio estuve en un ere 7 noviembre 2010 asta 7 noviembre 2011 del que estuve sin trabajar junio, julio, agosto, septiembre y octubre el 19 de diciembre me despiden despido objetivo por falta de trabajo estoy en paro asta diciembre 2013 con 44 años cotizados nacido 18-07-1950 estoy de alta desde noviembre 1965 .Quisiera saber con que ley me jubilare ya que cambia bastante el importe, es que la duda esta si el ere es anterior al 2-8-2011 o toman la fecha de la baja que seria nueva ley. Muchas gracias por ayudarnos.
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#65667
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por CARLOS ENRIQUE CHAUSTRE:

eN EL AÑO 1999 FUI DESPEDIDO DE UNA ENTIDAD GUBERNAMENTAL POR REESTRUCTURACIÓN ADMINISTRATIVA, PARA AQUEL ENTONCES CONTABA CON 15 AÑOS DE SERVICIO, ADUCEN QUE TENGO 14 DÍAS MENOS DEBIDO A UNA REESTRUCTURACION ANTERIOR, POR MI CUENTA COTICÉ UN TIEMPO EN EL SEGURO SOCIAL PERO CUANDO SALI DE LA ENTIDAD GUBERNAMENTAL VENIA SIENDO TRATADO DE CALCULOS EN EL RIÑON DERECHO EL CUAL POSTERIORMENTE RESULTO SER CANCER Y ME TUVIERON QUE SACAR DICHO RIÑON, POR SER PACIENTE DE CANCER NO PUDE VOLVER A COTIZAR PUES ESTOY LIMITADO EN SALUD POR ENFERMEDAD RENAL ESTADIO 3 Y LOS EFECTOS SECUNDARIOS DE UNA ENFERMEDAD CARDIOVASCULAR MUY DELICADA.
SOLICITE MI PENSIÓN DE ACUERDO A LOS DERECHOS QUE ME DA la Ley 171 de 1961 PARA QUE SE ME RECONOZCA EL DERECHO A PENSIÓN A LOS 55 AÑOS EMITEN UN ACTO ADMINISTRATIVO QUE ME NIEGAN EL DERECHO A LA PENSIÓN CAYENDO EN CONDUCTA TIPIFICADA COMO “Abuso del Derecho” debido a que la Ley no ha sido derogada porque una entidad descentralizada no puede emitir una Acto Administrativo que vaya en contravía de la Ley, tengo conocimiento de acuerdo a Jurisprudencias que dichos entes no están facultados para cambiar lo estipulado por el Legislativo.
Agradezco su valiosa información toda vez que mi estado de salud cada día se deteriora más y con estos vaivenes no visualizo la oportunidad de disfrutar mi pensión sanción
Además las entidades gubernamentales según la Corte Constitucional y la misma Constitución le asignan la obligación de proteger el derecho al trabajo y una buena calidad de vida a quienes le han prestado el servicio y no quitarle la oportunidad a un funcionario de completar el tiempo para su jubilación después de tantos años de servicio. Una reestructuración tengo entendido no es motivo justificado para perder los derechos a la pensión sanción.
AGRADEZCO NUEVAMENTE SU CONCEPTO PUES EL STREES DE VER QUE NO PUEDO APORTAR NADA PARA EL SUSTENTO FAMILIAR ME ESTÁ PRODUCIENDO DEPRESIÓN Y ESTO ME PREOCUPA ENORMEMENTE, pues mi esposa es quien cubre los gastos familiares con una mesada mínima que le reconoció el ISS, después de 25 años de servicio a la entidad Gubernamental donde su ultimo salario era de $1.230.000.
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#65750
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 60
Ufff... nos puedes hacer un resumen...

Por otro lado, parece que no estás preguntando por un tema relacionado con España.

Salu2.

CARLOS ENRIQUE CHAUSTRE:
eN EL AÑO 1999 FUI DESPEDIDO DE UNA ENTIDAD GUBERNAMENTAL POR REESTRUCTURACIÓN ADMINISTRATIVA, PARA AQUEL ENTONCES CONTABA CON 15 AÑOS DE SERVICIO, ADUCEN QUE TENGO 14 DÍAS MENOS DEBIDO A UNA REESTRUCTURACION ANTERIOR, POR MI CUENTA COTICÉ UN TIEMPO EN EL SEGURO SOCIAL PERO CUANDO SALI DE LA ENTIDAD GUBERNAMENTAL VENIA SIENDO TRATADO DE CALCULOS EN EL RIÑON DERECHO EL CUAL POSTERIORMENTE RESULTO SER CANCER Y ME TUVIERON QUE SACAR DICHO RIÑON, POR SER PACIENTE DE CANCER NO PUDE VOLVER A COTIZAR PUES ESTOY LIMITADO EN SALUD POR ENFERMEDAD RENAL ESTADIO 3 Y LOS EFECTOS SECUNDARIOS DE UNA ENFERMEDAD CARDIOVASCULAR MUY DELICADA.
SOLICITE MI PENSIÓN DE ACUERDO A LOS DERECHOS QUE ME DA la Ley 171 de 1961 PARA QUE SE ME RECONOZCA EL DERECHO A PENSIÓN A LOS 55 AÑOS EMITEN UN ACTO ADMINISTRATIVO QUE ME NIEGAN EL DERECHO A LA PENSIÓN CAYENDO EN CONDUCTA TIPIFICADA COMO “Abuso del Derecho” debido a que la Ley no ha sido derogada porque una entidad descentralizada no puede emitir una Acto Administrativo que vaya en contravía de la Ley, tengo conocimiento de acuerdo a Jurisprudencias que dichos entes no están facultados para cambiar lo estipulado por el Legislativo.
Agradezco su valiosa información toda vez que mi estado de salud cada día se deteriora más y con estos vaivenes no visualizo la oportunidad de disfrutar mi pensión sanción
Además las entidades gubernamentales según la Corte Constitucional y la misma Constitución le asignan la obligación de proteger el derecho al trabajo y una buena calidad de vida a quienes le han prestado el servicio y no quitarle la oportunidad a un funcionario de completar el tiempo para su jubilación después de tantos años de servicio. Una reestructuración tengo entendido no es motivo justificado para perder los derechos a la pensión sanción.
AGRADEZCO NUEVAMENTE SU CONCEPTO PUES EL STREES DE VER QUE NO PUEDO APORTAR NADA PARA EL SUSTENTO FAMILIAR ME ESTÁ PRODUCIENDO DEPRESIÓN Y ESTO ME PREOCUPA ENORMEMENTE, pues mi esposa es quien cubre los gastos familiares con una mesada mínima que le reconoció el ISS, después de 25 años de servicio a la entidad Gubernamental donde su ultimo salario era de $1.230.000.
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#65938
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por enrique ferreira:

estuve cotizando como independiente en una eps, despues empece a cotizar como dependiente durante 3 meses, quede sin trabajo y ahora que voy nuevamente a la eps para cotizar como independiente me dicen que es obligatorio pagar pension si no cuento con los reucursos necesarios para cotizar pension.
puedo hacer algo o estoy en la obligacion de pagar pension
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#65946
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por ANDRES:

Tengo 60 años empece a cotizar en octubre de 1966 he cotizado 44 años y 3 meses actualmente estoy en el paro tengo una artrosis con mucho desgaste en las 2 rodillas ¿cuando me aconsejan que me jubile antes o después de enero de 2013?
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#66003
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Miguel:

Buenos días. Tengo 55 años y llevo cotizados 32 años ininterrumpídamente. En diciembre de 2010 me redujeron la jornada de trabajo a 5 horas diarias y suscribí un convenio especial con la seguridad social para no perder cotizaciones.
Ahora la empresa pretende hacerme otra reducción de jornada o disminuirme el salario.
¿Me conviene eceptar o es preferible que me despidan? ¿Podría solicitar en su día la jubilación anticipada?
Gracias
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#66121
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 60
Me temo que no.

enrique ferreira:
estuve cotizando como independiente en una eps, despues empece a cotizar como dependiente durante 3 meses, quede sin trabajo y ahora que voy nuevamente a la eps para cotizar como independiente me dicen que es obligatorio pagar pension si no cuento con los reucursos necesarios para cotizar pension.
puedo hacer algo o estoy en la obligacion de pagar pension
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#66122
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 2 Meses Karma: 60
Haz tus cálculos... o acude a la Seguridad social para que te haga una simulación de lo que cobrarías ahora y si te jubilas a los 65...

Después puedes tomar la decisión.

La jubilación anticipada, requiere que tengas 61 años.

Salu2.

ANDRES:
Tengo 60 años empece a cotizar en octubre de 1966 he cotizado 44 años y 3 meses actualmente estoy en el paro tengo una artrosis con mucho desgaste en las 2 rodillas ¿cuando me aconsejan que me jubile antes o después de enero de 2013?
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