RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Pepita Dominguez:
Muchas gracias por la ayuda, y ya está resuelto el tema.
Saludos
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RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por jesus vega sanz:
Buenas tardes.Mi edad 62 años,cotizando desde año 65, 46 años cotizados.base reguladora 2.725 €. El 2 de enero de 2013 cumpliré 63 años.
¿Que situacion me es mas favorable, jubilarme este año o el año proximo una vez cumplidos los 63 años?.
La regulación no la veo clara, parece ser que a partir del próximo año me descontarian un 8% por cada año anticipado + un 0,25% por cada trimestre anticipado y con la ley actual un 6% por año anticipado.
uego vuestros comentarios. Gracias.
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RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Miguel Oreja:
Tengo 60 años en julio cumplo los 61, fecha nacimiento 26-07-1951, cotizados casi 41, incluido 1 año servicio militar, de ellos la mayor cotización la tengo hasta el 24-06-2000 en régimen general y a partir de esta fecha cotizados al mínimo como autónomo con algunas lagunas por estar en el paro (del 24-06-2000 al 31-10-2000 y del 01-01-2006 al 31-01-2007)
Al no ser mutualista, empecé a trabajar el 01-08-1967, es mi intención la de jubilarme lo antes posible para tener mejor pensión al entrar en el calculo algunos años cotizados al máximo, creo que con la nueva ley la mejor opción sería jubilarme a los 63 años (en el 2014) con una penalización del 13,50%, 6,50 cada año, con aumento de los años de la base de calculo, ya que de esta forma me quedaría mas pensión por mi especial situación al haber cotizado con bases menores al final de mi vida laboral desde el 24-06-2000.
Desearía que me confirmaran si mi planteamiento es correcto o si hay alguna otra opción mejor que yo pueda desconocer y me interesase mas, como podría ser jubilarme antes ya que cuanto mas tiempo trabajo y mas importe cotizo menos pensión me queda.
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RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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Sobre la pensión resultante (la que te correspondería si te jubilas en ese momento si tuvieras 65 años), esa pensión es tu base reguladora.
Salu2.
Jose Mari:
Con fecha 20 de Junio Cristina Fernandez les plantea a ustedes esta pregunta: "La penalización por la jubilación anticipada, en la nueva ley, se calcula sobre la base reguladora o directamente sobre la pensión resultante". Como yo estoy exactamente en su misma situacion formulé esta misma pregunta directamente a la Seguridad Social y la respuesta que me dieron no coincide con la que ustedes dan. Como tambien me mandaron la informacion a traves de mail, aqui adjunto copia del parrafo importante: "Las pensiones se calculan aplicando porcentajes, en función de la edad y de los años de cotización, a una base reguladora. En su caso a la base reguladora se le aplicaría el 100 - 7,5= 92,5%". Obviamente no es mi intencion generar ningun tipo de polemica pero si me gustaria dejarlo claro. Un saludo
Jose Mari
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RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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Ok. salu2
Pepita Dominguez:
Muchas gracias por la ayuda, y ya está resuelto el tema.
Saludos
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RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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La nueva ley ya ha entrado en vigor para el tema de jubilaciones anticipadas.
Si has perdido el empleo antes de agosto de 2011 anterior ley: coeficientes del 6%.
Si has perdido el empleo después de agosto de 2011, nueva ley: coeficiente del 6,5% para tus años cotizados.
Salu2.
jesus vega sanz:
Buenas tardes.Mi edad 62 años,cotizando desde año 65, 46 años cotizados.base reguladora 2.725 €. El 2 de enero de 2013 cumpliré 63 años.
¿Que situacion me es mas favorable, jubilarme este año o el año proximo una vez cumplidos los 63 años?.
La regulación no la veo clara, parece ser que a partir del próximo año me descontarian un 8% por cada año anticipado + un 0,25% por cada trimestre anticipado y con la ley actual un 6% por año anticipado.
uego vuestros comentarios. Gracias.
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RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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Las jubilaciones voluntarias como muy pronto es a los 63 años de edad.
Salu2.
Miguel Oreja:
Tengo 60 años en julio cumplo los 61, fecha nacimiento 26-07-1951, cotizados casi 41, incluido 1 año servicio militar, de ellos la mayor cotización la tengo hasta el 24-06-2000 en régimen general y a partir de esta fecha cotizados al mínimo como autónomo con algunas lagunas por estar en el paro (del 24-06-2000 al 31-10-2000 y del 01-01-2006 al 31-01-2007)
Al no ser mutualista, empecé a trabajar el 01-08-1967, es mi intención la de jubilarme lo antes posible para tener mejor pensión al entrar en el calculo algunos años cotizados al máximo, creo que con la nueva ley la mejor opción sería jubilarme a los 63 años (en el 2014) con una penalización del 13,50%, 6,50 cada año, con aumento de los años de la base de calculo, ya que de esta forma me quedaría mas pensión por mi especial situación al haber cotizado con bases menores al final de mi vida laboral desde el 24-06-2000.
Desearía que me confirmaran si mi planteamiento es correcto o si hay alguna otra opción mejor que yo pueda desconocer y me interesase mas, como podría ser jubilarme antes ya que cuanto mas tiempo trabajo y mas importe cotizo menos pensión me queda.
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RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Emi:
Hola,desde Barcelona
Mi caso es el siguiente: El año que biene en junio cumplo 59 años y tendré 41 años cotizados, mi empresa quiere prejubilarnos, mi pregunta es : cuando podré empezar a cobrar la jubilación , para el cálculo de la pensión cuantos años me contarán y que penalización tendré por cada año que me falte??????
Es la primera vez que utilizo este medio para consultas y no sé si lo habré hecho bien, de todas formas gracias de antemano para quien me responda. Saludos
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