Comentario enviado por CARLOS:
JUBILACION ANTICIPADA.
La Ley actual, que estará vigente hasta 31/12/2012 fija en 30 años los años cotizados precisos para optar a la jubilación anticipada a los 61 años. La Ley ya aprobada 27/2011 pero que tendrá efectos a partir del 01/01/2013 los fija en 33 años. Sin embargo parece que hay una excepción en la disposición final duodécima, punto 2º, apartado A
Si mi contrato se extinguió de forma involuntaria antes de la publicación de la nueva ley de pensiones, es decir, antes del 2 de agosto de 2011, aunque te jubiles con la nueva Ley que establece 33 años, podrás hacerlo con 30 años y a los 61 de edad, después del 2013.
Estoy en lo cierto.
saludos.