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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#80129
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 60
Podrás prejubilarte voluntariamente a los 63

Candelaria:
HTML, Tengo 62 años y 37 años y unos meses cotizados en la empresa Pública
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#80130
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 60
Mira la tabla de arriba.

Salu2.

Emiliano Garcia:
En Octubre de este año cumplo 60 años, tengo 41 años de cotización, estoy en una empresa en liquidación y la intención es jubilarme en el momento que se me acabe el perido del paro, es decir a los 62 años.

Mi pregunta es que porcentaje reductor se me aplicaria.

Muchas gracias por su atención
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#80131
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 60
Si pierdes el empleo por causa de la crisis (descrito arriba), te puedes prejubiar a los 61, y si no, a los 63.

Salu2.

irene:
Buenas tardes,
Tengo 59 años-. Actualmente estoy desempleada y con 39 años cotizados. Estoy inscrita como demandante de empleo desde hace 5 años, para poder jubilarme a los 61 años.
Ahora tengo posibilidad de trabajar a tiempo parcial. Me gustaría saber si acepto dicho trabajo, me podré jubilar a los 61 si me voy al paro 6 meses antes de cumplirlos? o ya no me podré jubilar hasta los 63?
Muchas gracias
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#80133
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 60
¿?

Esa condición indica si te puede o no prejubilar.

Por tu situación familiar, te correspondería una pensión mínima si te jubilas a los 65 años.

Si te adelantes a tu edad de jubilación te aplican unos coeficientes reductores. Estos coeficientes se aplica a lo que realmente cobraría si te jubilas a los 65 y función de lo que hayas cotizado.

Si el resultado obtenido es inferior a la pensión mínimo, no te puedes prejubilar.

Vete a la Seguridad Social y pide información.

Salu2.

paco m.b.:
Hola,no entiendo en Jubilación anticipada por voluntad del interesado:El importe de la pensión ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada.Si yo estoy cobrando el subsidio de 55 años y quiero prejubilarme a los 63,si estan cotizando la ss por mi por 745€,y yo cobro 426€ de subsidio,me tienen que aplicar el 30 por ciento de 745€?serian 14 pagas al año?
gracias.
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#80134
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 60
Pues no sabaría decirte... más bien diría que no te puedes prejubilar a los 61, ya que el despido fue improcedente.

Salu2.

MANUEL garcia:
Hola. Estoy en el paro desde septiembre del 2010,se me termina el 25/9/2012. El despido fue improcedente pero se declaró insolvente el empresario, pase al FOGASA el 19 de junio de 2012 y aún no he cobrado nada. En noviembre empezaré a cobrar el subsidio de mayores de 55 años. Tengo 59 años y quisiera saber si puedo jubilarme a los 61 haciendo un convenio con la S.S. Tendré, al cumplir los 61, 42 años cotizados.Gracias.
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#80135
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 60
Según la nueva ley, es a los 63. Pero como perdíste el empleo antes de agosto de 2011, te acoges a la anterior ley y sí que te puedes prejubilar a los 61.

SAlu2.

Carmen:
Buenos días
Tengo 59 años-. Fuí despedida en el año 2007 mediante despido improcedente pero no por motivos económicos de le empresa, Actualmente estoy desempleada y con 39 años cotizados. Estoy inscrita como demandante de empleo desde dicha fecha. Según la Ley actual podré jubilarme a los 61 años?
Muchas gracias
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#80136
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 60
Sí, con la nueva ley sí que permite prejubilarse voluntariamente a los 63.

Salu2.

JUSTO TOMAS:
Buenas tardes trabajo en la administracion local como funcionario de carrera,voy a cumplir 64 años el 11-02-2013 y estoy cotizando desde 1-03-1963 y me gustaria jubilarme me concederian la jubilacion o me la denegarian ya que se oye que no van a dejar jubilarse antes de los 65 años y si me la conceden que coeficiente me quitarian porque me dicen que el 6,5 o el 8 S in mas reciba un saludo
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#80231
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 11 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por maria:

buenas tardes,porfa deseo que me orienten en este tema de la jubilacion soy empleado publico, tengo 20años de servicios y 61 años de edad y quiero solicitar mi jubilacion por la pempresa, pido me aclaren si me van abeneficiar con el 100% de mi salario que en este caso es el minimo
muchas gracias por su atencion
anonimo
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