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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#84244
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 60
Las modificaciones introducidas, no afectan a los jubilados/prejubilados.

Afecta a las empresas que prejubilen a los trabajadores. Ellos tendrán que pagar los costes adicionales de dicha prejubilación:


REGULADAS LAS APORTACIONES ECONÓMICAS DE LAS EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS A TRABAJADORES DE 50 O MÁS AÑOS

Las arcas públicas asumirán el mínimo coste posible en las prejubilaciones que hagan las empresas con más de cien trabajadores.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años.

La norma se aplicará a las empresas de más de cien trabajadores, o que formen parte de grupos de empresas que empleen a ese número de trabajadores, que hayan tenido beneficios los dos últimos ejercicios, que realicen despidos colectivos de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y que estos incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad.

El objetivo de la nueva normativa es regular el procedimiento para la liquidación y el pago de las aportaciones, incorporando aspectos instrumentales y cuestiones técnicas necesarias, para que los órganos competentes puedan liquidar y recaudar el pago de las mismas.

La aplicación de este reglamento permite que las empresas de un determinado tamaño que tengan beneficios durante los dos años anteriores y realicen despidos colectivos que incluyan trabajadores de cincuenta o más años efectúen una aportación económica al Estado que compense el impacto que supone sobre el sistema de protección por desempleo.

El nuevo texto persigue lograr un efecto disuasorio que desincentive el despido de los trabajadores por razón de su edad, promueva la recolocación de aquellos que tengan más edad y contribuya a la valoración de sus capacidades laborales.

El reglamento contiene el desarrollo y procedimiento necesario para que la Administración pueda exigir el pago de las aportaciones económicas establecidas en la Ley de actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, de 1 de agosto de 2011, cuyos elementos esenciales han sido regulados por el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y por la ley del mismo nombre.

Principales aspectos

El Real Decreto recoge el sistema de cálculo de la aportación económica establecido en la citada Ley de 2011, que se realizará a través de liquidaciones anuales.


Dado que el Servicio Público de Empleo es el responsable del pago de las prestaciones, será el encargado de realizar el procedimiento de liquidación de la aportación.

El procedimiento de liquidación se iniciará con la notificación en cada ejercicio por el Servicio Público de Empleo de una propuesta a las empresas, que tendrán quince días para formular alegaciones. Durante el trámite de alegaciones las empresas pueden acreditar que se ha producido la recolocación de los trabajadores afectados y, en ese caso, no tendrán que abonar aportaciones.

Asimismo, el reglamento desarrolla la posibilidad de que se adopten medidas cautelares para asegurar el cobro de la deuda.

El ingreso de las aportaciones se hará en el plazo de treinta días desde la notificación y la gestión recaudatoria corresponde a las delegaciones de Economía y Hacienda.


francisco:
Hola salu2,es inaudito,no ha entrado todavia la nueva ley de jubilaciones y prejubilaciones y este viernes dia 26 este nuevo gobierno va a cambiarla,lamentable.
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#84245
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 60
No, hay que tener 33 años cotizados para poderse prejubilar.

Salu2.

Angeles:
Tengo 62 años y 16 cotizados, ¿ puedo prejubilarme en el 2013 ?. Gracias.
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#84246
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 60
Sí, a partir de septiembre de 2013 si quieres solicitar la jubilación voluntaria.

o desde ya, si has perdido el empleo según lo descrito en el artículo de arriba.

Salu2.

Margarita:
Tengo 62 años de edad y 41años de cotización
¿Puedo jubilarse según el decreto que entra en vigor el día 1 de enero del 2013?
Cumplo 63 en el mes de septiembre de 2013.
Gracias
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#84337
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 20
Comentario enviado por Jose Mari:

Hola: El día 26 de Octubre, en rueda de prensa celebrada después del Consejo de Ministros, la señora ministra para el Empleo y la Seguridad Social, afirmó claramente que el 1 de Enero de 2013 entraría en vigor la ley de pensiones que fué aprobada por el anterior gobierno.

Esto parece indicar que dicha ley entrará en vigor la fecha indicada TAL CUAL la aprobó el anterior gobierno del PSOE y que posteriormente será modificada por el actual gobierno del PP (jubilación parcial y anticipada etc...)

¿Alguien me sabría decir si esta interpretación es correcta? Un saludo
Jose Mari
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#84421
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 20
Comentario enviado por Nabial Cuadra:

LA LEY QUE EMPIEZA A REGIR A PARTIR ENERO 2013 . LAS EDADES
PARA JUBILIACION SON IGUAL PARA LOS HOMBRE Y LAS MUJERES?
CUAL SERIA LA EDAD PARA MUJER Y ANTICIPADA
CUAL SERIA LA EDAD PARA HOMBRES Y ANTICIPA
GRACIAS
anonimo
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#84474
Re: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 0
Hola, tengo una duda...
si con más de 40 años cotizados decides jubilarte cuando cumplas los 64 años...
y la empresa contrata un trabajador en tu puesto...
la jubilación se te queda en el 100%???
Margr
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#84478
Re: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 67
No, yo creo que te aplicarán un coeficiente reductor de 1 año.

Salu2.
euribor
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#84491
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 12 Años Karma: 20
Comentario enviado por amaia:

Los malos augurios se van confirmando. Todavia no ha entrado en vigor la ley de pensiones de julio 2011 (que comienza a aplicarse en enero 2013 y venimos en este foro comentando todo el tiempo)que ya este gobierno quiere modificarla y, por supuesto, alterarla a peor.
Quieren retrasar la edad de jubilación anticipada de los 61 para los casos especiales de despido..y la voluntaria de los 63, aumentar los años cotizados (ahora serían 33)y elevar los coeficientes reductores.
Mi pregunta coincide un poco con el comentario de Jose Mari del 30 de octubre:el 1 de enero de 2013 comenzaría a aplicarse la ley ya aprobada y posteriormente la cambiarían, de forma que los que hagan 63 años a primeros de año se puedan jubilar con 33 años cotizados y, en cambio, los que lo hagan más adelante y cambien la ley ya no puedan hacerlo en las mismas condiciones? o hay unos derechos que impidan que se haga de esta manera, y si cambian la ley den unos plazos como en la anterior, que se publica en julio 2011 y comienza a aplicarse en enero de 2013? o ya directamente en enero de 2013 vendrán todos los cambios, aunque es poco probable por los trámites parlamentarios?.
Gracias y un saludo.
anonimo
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