Comentario enviado por Enrique:
Hola buenas noches.
He leído la introducción al tema pero no lo tengo claro, por eso mi consulta es la siguiente:
Soy autónomo, (tengo una Ferreteria). Tengo 64 años, el 22 de Enero del 2013 cumplo los 65, llevo unos 42 años cotizados. Como el negocio no va bien, ya he empezado liquidar el genero, me habían dicho que podía darme de baja de autónomos uno o dos meses antes de cumplir los 65 sin perder ningún derecho y cobrar el 100%. Por eso, yo quería darme de baja antes de finalizar el año 2012, primero, por evitar hacer la renta del 2013 en el 2014, y segundo para que no me coja la nueva ley del 1 de Enero del 2013. Pero no lo tengo claro, mi duda es la siguiente. ¿Es cierto que legalmente puedo darme de baja en Diciembre y cuando cumpla los 65 (Enero del 2013) cobrar el 100%?. Muchas gracias !