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Por qué no he cobrado los 426 euros completos del PRODI
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TEMA: Por qué no he cobrado los 426 euros completos del PRODI
#4384
Por qué no he cobrado los 426 euros completos del PRODI hace 14 Años, 8 Meses Karma: 60
Hemore recibido de un usuario de www.preguntasfrecuentes.net la siguiente consulta:

Una pregunta:la ayuda de 420 euros,¿son 420€,o hasta 420€?
Lo pregunto porque yo percibo 298€…

Gracias


Las mensualidades completas son de 426€ para el 2010.

Sin embargo hay situaciones que cobrarás menos de esa cantidad, teniendo en cuenta que el pago del subsidio comienza desde el día de la solicitud:

- El primer mes del subsidio generalmente no es por 1 mes completo salvo que hagas la solicitud el día 1.

- El último mes del subsidio generalmente no es por 1 mes completo, sino que por los días que quede del sexto mes, salvo que la solicitud se hiciera el día 1.

- Si has compatibilizado el trabajo a tiempo parcial con el subsidio, recibirás la parte proporcional del tiempo que no hayas trabajado.

Salu2.
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Última edición: 14/04/2010 06:56 por tucapital.es.
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#4404
Re: Por qué no he cobrado los 426 euros completos del PRODI hace 14 Años, 8 Meses Karma: 60
A continuación exponemos los motivos por la que una persona que está percibiendo el subsidio de desempleo pueda cobrar menos de los 426€:

- Si su jornada de trabajo era a tiempo parcial. Sólo para aquellos subsidios nacidos antes del 24 de marzo de 2007, cuando se pierde un empleo a tiempo parcial o se agota una prestación contributiva que tuvo su origen en la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, la cuantía general indicada se reduce en la misma proporción que la jornada del trabajo finalizado. (Por ejemplo, si el contrato era por el 60% de la jornada habitual, cobrará el 60% de 426 euros). Para subsidios nacidos después del 24 de marzo de 2007, la cuantía del derecho será del 80% del IPREM mensual vigente en cada momento, sin reducción en proporción a las horas previamente trabajadas.

- Por una orden de embargo por resolución judicial que afecte a pensión de alimentos a favor de los hijos o pensión compensatoria a favor del ex cónyuge.

- Por compensación de una deuda con el Servicio Público de Empleo Estatal, contraída por haber percibido indebidamente prestaciones de desempleo.

- Por no renovar la prórroga del subsidio cada 6 meses.

- Por compatibilizar el subsidio con un trabajo a tiempo parcial, siempre y cuando la nómina mensual de dicho contrato sea inferior al 75% del salario mínimo interprofesional (para el año 2010, 474,98 euros), lo que implica deducir del subsidio la parte proporcional del tiempo que trabaja.

- Como consecuencia de una sanción por no sellar en tiempo y forma la tarjeta de demanda.
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Última edición: 14/04/2010 15:44 por tucapital.es.
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