RE: Contratos de trabajo: contrato por obra y servicio hace 12 Años, 1 Mes
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Pues tienes razón... Según eso no pueden tenerte por más de 4 años en un contrato por obra o servicio, para una misma obra o servicio.
No había leído bien esa parte.
hevan1980:
" CAPÍTULO I
Medidas para reducir la dualidad y la temporalidad del mercado de trabajo
Artículo 1. Contratos temporales.
Uno. La letra a) del apartado 1 del artículo 15 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de
marzo, queda redactada del siguiente modo:
«a) Cuando se contrate al trabajador para la realización de una obra o servicio
determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la
empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración
incierta. Estos contratos no podrán tener una duración superior a tres años ampliable
hasta doce meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su
defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos,
los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa.
Los convenios colectivos sectoriales estatales y de ámbito inferior, incluidos los
convenios de empresa, podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad
propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos
de esta naturaleza.» "
No sé quizás lo interpreté mal,saludos y gracias por contestarme.
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RE: Contratos de trabajo: contrato por obra y servicio hace 10 Años, 9 Meses
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Comentario enviado por Mery:
En un tiempo posiblemente me vaya a vivir a uk y la empresa para la que trabajé con un contrato de obra y servicio hace unos meses me ha propuesto continuar con ellos a distancia desde UK. ¿podríamos hacer un contrato de obra y servicio igual que el que teníamos en España aunque yo trabaje desde uk? ¿Cotizaría en España no?¿Se me consideraría entonces trabajadora española? Muchas Gracias. Un saludo.
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RE: Contratos de trabajo: contrato por obra y servicio hace 10 Años, 9 Meses
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Tendrías un régimen especial:
- IRPF: en UK.
- Seguridad Social: cotizarán por ti en España.
Pide más información a la empresa que te vaya a contratar sobre los pormenores del contrato.
Salu2.
Mery:
En un tiempo posiblemente me vaya a vivir a uk y la empresa para la que trabajé con un contrato de obra y servicio hace unos meses me ha propuesto continuar con ellos a distancia desde UK. ¿podríamos hacer un contrato de obra y servicio igual que el que teníamos en España aunque yo trabaje desde uk? ¿Cotizaría en España no?¿Se me consideraría entonces trabajadora española? Muchas Gracias. Un saludo.
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RE: Contratos de trabajo: contrato por obra y servicio hace 8 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por Justino:
Hola a todos,
Voy a trabajar de recepcionista en un hotel y me dan para firmar un contrato de auxiliar de recepción por obra y servicio en el que pone que trabajaré 40 horas semanales de viernes a domingo, pero en realidad tendré que trabajar 54 horas/semana (con suerte) descansando (con más suerte aún) un día a la semana. Pregunto:
1. ¿En qué afectaría a mi cotización?
2. ¿Es un contrato en fraude de ley?
3. Si los políticos se dan palmaditas en la espalda por los datos del paro en verano, ¿a quién he de mandar copia de este contrato para que se le caiga la cara de vergüenza a más de uno?
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RE: Contratos de trabajo: contrato por obra y servicio hace 8 Años, 6 Meses
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1. Te cuenta como lo que figura en el contrato, 40 horas semanales.
2. Sí, no se puede trabajar más de lo que te contraten, que son 40 horas semanales.
3. A ti misma, por aceptar este contrato, y no denunciarlo ante inspección de trabajo.
Ten en cuenta que estás haciendo tu trabajo, parte de trabajo de otra persona que de no asumir tu todo ese trabajo, tendría un contrato para cubrir esas horas que haces y que no figura en el contrato.
Si no hicieras eso y si nadie hiciera lo que haces, habría incluso menos paro.
Salu2.
Justino:
Hola a todos,
Voy a trabajar de recepcionista en un hotel y me dan para firmar un contrato de auxiliar de recepción por obra y servicio en el que pone que trabajaré 40 horas semanales de viernes a domingo, pero en realidad tendré que trabajar 54 horas/semana (con suerte) descansando (con más suerte aún) un día a la semana. Pregunto:
1. ¿En qué afectaría a mi cotización?
2. ¿Es un contrato en fraude de ley?
3. Si los políticos se dan palmaditas en la espalda por los datos del paro en verano, ¿a quién he de mandar copia de este contrato para que se le caiga la cara de vergüenza a más de uno?
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RE: Contratos de trabajo: contrato por obra y servicio hace 5 Años, 7 Meses
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Comentario enviado por carlitos:
Buenas,
Llevo trabajando para una empresa de consultoría desde el 1 de abril de 2016 con un contrato de obra y servicio. Ahora que acaban de pasar tres años,¿me deberían hacer indefinido o pueden prorrogar el contrato una año más? (en el convenio de empresas de consultoría no he encontrado información al respecto).
En caso de que me hagan indefinido, ¿se convierte directamente el contrato en indefinido o debería firmar uno nuevo?
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RE: Contratos de trabajo: contrato por obra y servicio hace 5 Años, 7 Meses
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Los contratos anteriores a junio de 2010, no podría durar más de 3 años (ampliable 1 año más por convenio). Si durase más, se convierte automáticamente en indefinido.
Actualmente, los contratos por obra dura lo que la obra.
Si después de la obra, sigue el contrato, automáticamente se convierte en indenifido. El tema es que hay que demostrarlo:
Tienes el contrato que indica la obra, y guarda algún justificante documento, o lo que sea que estás en otra obra o que la obra anterior finalizó.
Salu2.
carlitos:
Buenas,
Llevo trabajando para una empresa de consultoría desde el 1 de abril de 2016 con un contrato de obra y servicio. Ahora que acaban de pasar tres años,¿me deberían hacer indefinido o pueden prorrogar el contrato una año más? (en el convenio de empresas de consultoría no he encontrado información al respecto).
En caso de que me hagan indefinido, ¿se convierte directamente el contrato en indefinido o debería firmar uno nuevo?
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